Sentencia: Sentencia No. 152-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 152-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0552-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Diego García Cardón, en su calidad de procurador general del Estado, interpuso acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia del 28 de marzo del 2006 a las 10h00, expedida por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo dentro del proceso N.° 10669-MQ, y en contra de la Sentencia del 6 de mayo del 2009 a las 09h00, expedida por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del proceso N.° 302-2006-NA.
TEMA ESPECÍFICO: Destitución de funcionario público
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica, consagrados en los artículos 76, numerales 1 y 7, literal l y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Dejar sin efecto la sentencia expedida el 28 de marzo del 2006 a las 10h00, por los jueces de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo, Distrito de Quito, dentro del proceso N.º 10669-MQ; y, la sentencia expedida el 6 de mayo del 2009 a las 09h00, por los jueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del proceso N.º 302-2006-NA.; 4. Revocar la medida cautelar ordenada por la Sala de Admisión, mediante auto de fecha 5 de agosto del 2009 a las 11h30.; 5. Remítase copia certificada de la presente sentencia a la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo, Distrito de Quito, para los fines pertinentes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPública0552-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 152-12-SEP-CC17/04/2012 0:00:00 Abrir
SENTENCIA - 0552-09-EP22/08/2012 15:47:22 Abrir
SENTENCIA - 0552-09-EP23/08/2012 15:26:48 Abrir




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