Sentencia: Sentencia No. 153-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 153-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1716-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El señor Jaime Astudillo Romero, en calidad de rector de la Universidad de Cuenca, el 9 de noviembre de 2010, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 8 de octubre de 2010 a las 10:21, por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azua y, dentro de la acción de protección No. 237-2010, mediante la cual confirma la sentencia venida en grado que aceptó la acción de protección constitucional interpuesta por José Vicente Erazo Soria y dispuso que la Universidad de Cuenca por intermedio del rector garantice la estabilidad laboral del señor José Vicente Erazo Soria.
TEMA ESPECÍFICO: Estabilidad laboral
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales al debido proceso en la garantía de la motivación y a la seguridad jurídica determinados en los artículos 76 numeral 7 literal l y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Disponer como medidas de reparación integral:; 3.1 Dejar sin efecto la sentencia del 8 de octubre de 2010 a las 10:21, dictada por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azua y, dentro de la acción de protección No. 237-2010.; 3.2 Dejar sin efecto la sentencia del 11 de agosto de 2010 a las 08:01, dictada por el Juzgado Cuarto de la Niñez y Adolescencia de Cuenca.; 4. Declarar que una vez realizado un análisis integral respecto de la vulneración de los derechos constitucionales alegados en la acción de protección propuesta, en el caso sub examine, no existe afectación a los derechos del accionante y se dispone el archivo del proceso constitucional.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Astudillo Romero JaimePública1716-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público.
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
Art. 11. 7. Principio de no exclusión de los derechos derivados de la dignidad
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1716-10-EP01/06/2011 16:13:49 Abrir
SENTENCIA - 153-16-SEP-CC11/05/2016 0:00:00 Abrir




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