Sentencia: Sentencia No. 154-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 154-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1314-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
La presente acción extraordinaria de protección fue presentada por el ingeniero Sergio Flores Macías, en su calidad de rector de la Escuela Politécnica del Litoral –ESPOL-, en contra del auto de 30 de mayo de 2013, emitido por la Tercera Sala Especializada de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas dentro del recurso de apelación N.º 09123-2013-0279, que rechaza el recurso de apelación interpuesto y confirma la resolución de 19 de marzo de 2013 emitida por el Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil con sede en el cantón Daule dentro de la acción de medidas cautelares que siguió el señor Gil Alberto Tama Franco en contra de la ESPOL, signada con el N.º 152-2013.
TEMA ESPECÍFICO: Terminación de relación laboral
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar que el auto de 30 de marzo de 2013, emitido por la Tercera Sala Especializada de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas dentro del recurso de apelación Nº. 09123-2013-0279, y la resolución de 19 de marzo de 2013 emitida por el Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil con sede en el cantón Daule dentro de la acción de medidas cautelares, signada con el Nº. 152- 2013, vulneran el derecho a la seguridad jurídica reconocido en el artículo 82 de la Constitución de la República. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta por el ingeniero Sergio Flores Macías en calidad de rector de la Escuela Politécnica del Litoral -ESPOL-. 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente: 3.1. Dejar sin efecto el auto de 30 de marzo de 2013, emitido por la Tercera Sala Especializada de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas dentro del recurso de apelación Nº. 09123-2013-0279, así como toda actuación procesal posterior. 3.2. Dejar sin efecto la resolución de 19 de marzo de 2013 emitida por el Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil con sede en el cantón Daule dentro de la acción de medidas cautelares, signada con el Nº- 152-2013. 3.3. En consecuencia del análisis integral realizado, se ordena el archivo del proceso constitucional de medidas cautelares seguido por el ingeniero Gil Alberto Tama Franco en contra del rector de la ESPOL.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Flores Macías Sergio Pública1314-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 87. Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos…
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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