Sentencia: Sentencia No. 158-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 158-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0926-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El doctor Jaime Astudillo Romero, rector y representante legal de la Universidad de Cuenca, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 14 de mayo del 2010, por la Segunda Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección signada con el N.º 01122-2010-0099.
TEMA ESPECÍFICO: Nombramiento definitivo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos al debido proceso en la garantía de la motivación, contenido en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República; a la seguridad jurídica, establecido en el artículo 82 ibidem, y como consecuencia, el derecho a la igualdad contenido en el artículo 66 numeral 4 de la Constitución.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Disponer como medidas de reparación integral lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 14 de mayo del 2010 a las 09:25, por los jueces de la Segunda Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay.; 3.2. Dejar en firme la sentencia dictada el 24 de marzo del 2010 a las 08:01, por el Juzgado Primero de la Niñez y Adolescencia de Cuenca, que declaró sin lugar la acción de protección presentada por el señor Carlos Guillermo Álvarez Pazos.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
ASTUDILLO ROMERO JAIMEPública0926-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 86. Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0926-10-EP19/05/2011 15:44:10 Abrir
SENTENCIA - 158-16-SEP-CC18/05/2016 0:00:00 Abrir




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