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NÚMERO DE SENTENCIA: | 159-17-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0767-09-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Napo |
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MOTIVO: |
El doctor Carlos Pólit Faggioni en calidad de contralor general del Estado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 30 de julio de 2009 a las 09:00, por la Única Sala de la Corte Provincial de Justicia de Napo, , dentro de la acción de protección N.º 468-2009. |
TEMA ESPECÍFICO: | Cambio o traslado administrativo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta por el doctor Carlos Pólit Faggioni, en calidad de contralor general del Estado.
3. Como medidas de reparación integral, esta Corte dispone:
3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 30 de julio de 2009 a las 09:00, por la Única Sala de la Corte Provincial de Justicia de Napo.
3.2 Dejar sin efecto la sentencia dictada el 1 de junio de 2009 a las 08:30, por el juez primero de lo civil de Napo.
4. Declarar que una vez realizado un análisis integral respecto a la vulneración de derechos constitucionales alegados en la acción de protección, en el caso sub examine, no existe afectación a los derechos del accionante. En consecuencia, se dispone el archivo del proceso constitucional. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Pólit Faggioni Carlos | Pública | 0767-09-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público. Art. 33. Derecho al trabajo Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0767-09-EP | 14/04/2010 11:29:43 | Abrir | AUTO ADMISION - 0767-09-EP | 14/04/2010 15:26:57 | Abrir | SENTENCIA - 159-17-SEP-CC | 19/05/2017 0:00:00 | Abrir |
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