Sentencia: Sentencia No. 160-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 160-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1416-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El 23 de septiembre del 2013, el entonces secretario nacional jurídico de la Presidencia de la República, presentó una demanda de acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de fecha 06 de septiembre de 2010, dictada por la Segunda Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.º 01122-2010-0226 formulada en primera instancia por la señorita Gabriela Estefanía Cornejo Guerrón.
TEMA ESPECÍFICO: Pensión vitalicia a deportistas
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración al derecho a la seguridad jurídica, establecido en el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador, en la sentencia dictada el 06 de septiembre de 2010, por la Segunda Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección Nº. 01122-2010-0226. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada. 3. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 06 de septiembre de 2010, en segunda instancia por la Segunda Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección Nº. 01122-2010-0226. 4. Dejar en firme la sentencia emitida el 1 de agosto de 2010, por parte del Juzgado Segundo de Garantías Penales del Azuay dentro de la causa Nº. 01652-2010-1224.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
MERA GILER ALEXISPública1416-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 11. 6. Principio de inalienabilidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, interdependencia e igual jerarquía de los derechos
Art. 436. 5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la aplicación de normas
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 11. 8. Principio de progresividad de los derechos
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1416-10-EP20/12/2010 11:51:20 Abrir
SENTENCIA - 160-18-SEP-CC02/05/2018 0:00:00 Abrir
FE PRESENTACION12/11/2021 11:16:00 Abrir
ESCRITO12/11/2021 11:16:00 Abrir
AUTOS DE PLENO03/08/2022 10:00:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTOS DE PLENO - 1416-10-EP18/08/2022 14:41:05 Abrir




Visualizaciones: 1417