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NÚMERO DE SENTENCIA: | 161-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1806-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
Antonio Pazmiño Ycaza, en calidad de Director Regional 1 de la Procuraduría General del Estado interpuso acción extraordinaria de protección en contra del Auto del 21 de junio del 2010 expedido por el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y el Auto del 27 de julio del 2010 expedido por el Juzgado Tercero de lo Civil de Guayaquil, dentro de la causa civil signada con el N.° 484-2010, por negativa de inscripción. |
TEMA ESPECÍFICO: | Negativa de Inscripción |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales al debido proceso en la especie de recurrir del fallo o la resolución y el derecho a la seguridad jurídica, previstos en los artículos 76 numeral 7 literal m, y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el doctor Pazmiño Ycaza Antonio (director regional 1 de la Procuraduría General del Estado).; 3. En aras de garantizar una reparación integral en virtud de lo dispuesto en la Constitución y en la ley, se retrotrae el caso hasta después de la expedición de la sentencia del 21 de junio del 2010, y se ordena al juez vigésimo tercero de lo Civil de Guayaquil remita la mencionada sentencia en consulta a su superior, e informe a esta Corte respecto de su cumplimiento. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Pazmiño Ycaza Antonio | Pública | 1806-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 226. Quien actúe en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 161-12-SEP-CC | 19/04/2012 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 1806-10-EP | 24/08/2012 15:39:12 | Abrir |
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