Sentencia: Sentencia No. 169-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 169-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1568-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
Juan Pablo Arévalo Figueroa, en su calidad de representante legal de la Empresa Vial del Azuay, EMVIAL E. P. interpuso acción extraordinaria de protección en contra del Laudo Arbitral del 10 de mayo del 2010, dictado por el Tribunal Arbitral, conformado por Andrés Márquez Cordero, en calidad de presidente, José Chalco Quezada y María Elena Coello Guerrero, perteneciente al Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay, dentro del juicio arbitral N.° 009-2009.
TEMA ESPECÍFICO: Indemnización por daños y perjuicios
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección planteada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Arévalo Figueroa Juan PabloPersona natural1568-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
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