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NÚMERO DE SENTENCIA: | 182-14-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1581-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
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MOTIVO: |
El doctor Alfredo Albuja Chávez presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 1 de octubre de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección N.º 328-2010, mediante la cual se resolvió confirmar la sentencia subida en grado, la cual niega la acción planteada en contra del Consejo de la Judicatura por suspensión provisional del cargo de juez de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. |
TEMA ESPECÍFICO: | Suspensión de funciones sin remuneración |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración a los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de tipicidad y el juzgamiento de una persona con observancia del trámite propio de cada procedimiento previstos en los artículos 76 numeral 3 y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. De conformidad con el artículo 18 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional, se dispone como medidas de reparación integral:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 328-2010, y todos los actos procesales y demás providencia dictadas como consecuencia de la misma.; 3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento en que se produjo la vulneración de los derechos constitucionales; esto es, al momento de dictar sentencia de apelación.; 3.3. Disponer el sorteo de la causa con la finalidad de que otra Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha resuelva la causa observando las garantías del debido proceso. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | ALBUJA CHAVEZ ALFREDO | Persona natural | 1581-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 3. Principio de legalidad Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 173. Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados, Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 76. 3. Principio de legalidad Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 3. Principio de legalidad Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Principio de legalidad |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Principio d legalidad: Que conlleva a establecer que las infracciones como las sanciones deben estar previamente determinadas en la Constitución de la República o en la ley, caso contrario, no se puede procesar a una persona o imponer determinada sanción. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 1581-10-EP | 01/02/2011 15:09:03 | Abrir | SENTENCIA - 182-14-SEP-CC | 22/10/2014 0:00:00 | Abrir | PUBLICACION RO - 1581-10-EP | 10/12/2014 6:45:21 | Abrir |
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