Sentencia: Sentencia No. 182-14-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 182-14-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1581-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
El doctor Alfredo Albuja Chávez presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 1 de octubre de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección N.º 328-2010, mediante la cual se resolvió confirmar la sentencia subida en grado, la cual niega la acción planteada en contra del Consejo de la Judicatura por suspensión provisional del cargo de juez de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
TEMA ESPECÍFICO: Suspensión de funciones sin remuneración
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración a los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de tipicidad y el juzgamiento de una persona con observancia del trámite propio de cada procedimiento previstos en los artículos 76 numeral 3 y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. De conformidad con el artículo 18 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional, se dispone como medidas de reparación integral:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 328-2010, y todos los actos procesales y demás providencia dictadas como consecuencia de la misma.; 3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento en que se produjo la vulneración de los derechos constitucionales; esto es, al momento de dictar sentencia de apelación.; 3.3. Disponer el sorteo de la causa con la finalidad de que otra Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha resuelva la causa observando las garantías del debido proceso.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
ALBUJA CHAVEZ ALFREDOPersona natural1581-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 173. Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados,
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Principio de legalidad
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Principio d legalidad: Que conlleva a establecer que las infracciones como las sanciones deben estar previamente determinadas en la Constitución de la República o en la ley, caso contrario, no se puede procesar a una persona o imponer determinada sanción.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1581-10-EP01/02/2011 15:09:03 Abrir
SENTENCIA - 182-14-SEP-CC22/10/2014 0:00:00 Abrir
PUBLICACION RO - 1581-10-EP10/12/2014 6:45:21 Abrir




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