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NÚMERO DE SENTENCIA: | 183-17-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1209-15-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El señor Eduardo Julián Franco Loor, presentó acción extraordinaria de protección en contra de las siguientes decisiones judiciales: 1. El auto que declara el abandono de la causa, de 6 de abril de 2015; 2. El auto que niega la solicitud de revocatoria, de 17 de abril de 2015; 3. El auto que niega el recurso de apelación, de 28 de abril de 2015; y, 4. El auto que niega el recurso de hecho, de 18 de junio de 2015; dictados por el Tribunal Distrital N.° 2 de lo Contencioso Administrativo con sede en Guayaquil en un proceso de impugnación de acto administrativo, contra la Contraloría General del Estado. |
TEMA ESPECÍFICO: | Impugnación de acto administrativo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que existe vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación y a la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.
3. Como medidas de reparación integral se dispone:
3.1. Dejar sin efecto el auto que declara el abandono de la causa, de 6 de abril de 2015, dictado por el Tribunal Distrital N.º 2 de lo Contencioso Administrativo con sede en Guayaquil en el proceso contencioso administrativo signado con el N.º 639-10-01, y todas las actuaciones posteriores que se hubieren llevado a cabo a consecuencia de su emisión.
3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento anterior a la emisión del auto dictado el 6 de abril del 2015, por el Tribunal Distrital N.º 2 de lo Contencioso Administrativo con sede en Guayaquil.
3.3. Ordenar que previo sorteo se conforme una nueva Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, a fin que resuelva el proceso contencioso administrativo, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la base de la decisión y la ratio decidendi. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Franco Loor Eduardo Julián | Persona natural | 1209-15-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 169. El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
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