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NÚMERO DE SENTENCIA: | 184-17-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1597-15-EP | IO - Inconstitucionalidad por Omisión | Guayas |
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MOTIVO: |
los señores Jimmy Jairala Vallazza y Milton Carrera Taiano en calidad de prefecto y procurador síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Guayas, respectivamente, presentaron acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 22 de noviembre de 2013, emitida por el Tribunal Distrital N.º 2 de lo Contencioso Administrativo de Guayaquil, dentro del juicio N.º 09801-2010-0055; y el auto de inadmisión del recurso de casación del 9 de febrero de 2015, emitido por la Sala de Conjueces de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio N.º 219-2014. |
TEMA ESPECÍFICO: | Impugnación de acto administrativo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República del Ecuador.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.
3. Como medidas de reparación integral se dispone:
3.1. Dejar sin efecto el auto de inadmisión del recurso de casación del 9 de febrero de 2015, emitido por la Sala de Conjueces de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio N.º 219-2014, y todos los actos posteriores a este.
3.2. Disponer que, previo sorteo, otros jueces de la Sala de Conjueces de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación referido en el numeral precedente, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la decisión y son la ratio decidendi.
3.3. Disponer que una vez que los nuevos jueces la Sala de Conjueces de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación, conforme ha sido ordenado, informen inmediatamente a la Corte Constitucional al respecto. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | JIMMY JAIRALA VALLAZA, PREFECTO, MILTON CARRERA TAIANO, PROCURADOR SINDICO CONSEJO PROVINCIAL DEL GUAYAS | Pública | 1597-15-EP | Carrera Taiano Milton | Pública | 1597-15-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 427. Las normas constitucionales se interpretarán por el tenor literal que más se ajuste a la Constitución en su integralidad. Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución. Art. 326. 16. En las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos… Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación Art. 233. Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 1597-15-EP.pdf | 14/10/2015 11:09:25 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 1597-15-EP.pdf | 14/10/2015 11:09:43 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 1597-15-EP.pdf | 14/10/2015 11:10:05 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 1597-15-EP.pdf | 14/10/2015 11:12:30 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 1597-15-EP.pdf | 14/10/2015 11:12:55 | Abrir | AUTO DE SALA DE ADMISIÒN - 1597-15-EP-auto.pdf | 16/02/2016 10:13:50 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 1597-15-EP-prov.pdf | 05/06/2017 11:08:20 | Abrir | SENTENCIA Y RAZON - 1597-15-EP-sen.pdf | 28/06/2017 8:56:48 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - PUBLICACIÓN R-O.pdf | 20/07/2017 11:34:03 | Abrir |
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