Sentencia: Sentencia No. 193-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 193-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1632-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El doctor Jaime Astudillo Romero en calidad de rector de la Universidad de Cuenca, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 28 de septiembre de 2010, emitida por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.º 01122-2010-0244.
TEMA ESPECÍFICO: Terminación de contrato de servicios ocasionales
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar que la sentencia del 28 de septiembre de 2010, emitida por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.º 01122-2010-0244, vulnera el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, reconocido en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República, y el derecho a la igualdad reconocido en el artículo 66 numeral 4 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta por el doctor Jaime Astudillo Romero en calidad de rector de la Universidad de Cuenca.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 28 de septiembre de 2010, emitida por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay dentro de la acción de protección N.º 01122-2010-0244.; 3.2. Dejar en firme la sentencia del 15 de junio de 2010, emitida por el Juzgado Primero de lo Civil del cantón Cuenca dentro de la acción de protección N.º 01601-2010-416.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Astudillo Romero JaimePública1632-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1632-10-EP30/05/2011 16:54:10 Abrir
SENTENCIA - 193-16-SEP-CC15/06/2016 0:00:00 Abrir




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