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NÚMERO DE SENTENCIA: | 194-18-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0919-13-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
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MOTIVO: |
El señor Jhony Hernán Egas Maffeo, por sus propios y personales derechos, amparado en lo que disponen los artículos 94, 437, 439 y 440 de la Constitución de la República, en concordancia con los artículos 58 y siguientes de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, deduce acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 24 de abril del 2013, emitida por la Sala Temporal Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación signado con el N.º 1156-2009. |
TEMA ESPECÍFICO: | Haberes e indemnizaciones laborales |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección interpuesta.
3.- Como medidas de reparación integral, se dispone lo siguiente:
3.1. Dejar sin efecto la decisión judicial del 24 de abril de 2013, dictada por los jueces de la Sala Temporal de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, en el juicio laboral N.º 1156-09.
3.2. Retrotraer los efectos hasta el momento anterior a la emisión de la sentencia dictada el 24 de abril de 2013, por los jueces de la Sala Temporal de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, en el juicio laboral N.º 1156-09.
3.3. Disponer que, previo el sorteo correspondiente, otro Tribunal de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia conozca y resuelva el recurso de casación, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es, en consideración a la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Egas Maffeo Jhony Hernán | Persona natural | 0919-13-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 0919-13-EP.pdf | 31/05/2013 10:09:15 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 0919-13-EP.pdf | 31/05/2013 10:10:39 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0919-13-EP.pdf | 31/05/2013 10:11:08 | Abrir | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0919-13-EP.pdf | 31/05/2013 10:11:29 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 0919-13-EP.pdf | 31/05/2013 10:11:50 | Abrir | AUTO ADMISION - 0919-13-EP-auto.pdf | 02/12/2013 12:08:41 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0919-13-EP-prov.pdf | 24/08/2015 9:47:21 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0919-13-EP-prov.pdf | 09/12/2016 15:55:58 | Abrir | SENTENCIA - 0919-13-EP sen.pdf | 18/06/2018 15:19:09 | Abrir | SENTENCIA - 0919-13-EP sen.pdf | 18/06/2018 15:19:14 | Abrir |
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