Sentencia: Sentencia No. 195-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 195-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0545-11-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Katty Jacqueline Orozco Bolaños, interpuso acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia del 15 de febrero del 2011 a las 11h00, expedida por la Segunda Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio laboral N.° 743-2008.
TEMA ESPECÍFICO: Indemnización laboral
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales previstos en los artículos 76 numerales l y 7 literal l y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por Katty Jacqueline Orozco Bolaños; en consecuencia, dejar sin efecto la sentencia de mayoría expedida el 15 de febrero del 2011 a las 11h00 por los jueces de la Segunda Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia en el juicio N.º 743-2008, seguido en contra de la Empresa Metropolitana de Aseo-EMASEO, actualmente denominada “Empresa Pública Metropolitana de Aseo EMASEO-EP”.; 3. Devolver el proceso N.º 743-2008, seguido por Katty Jacqueline Orozco Bolaños, a la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, a fin de que los conjueces de dicha Sala, enmendando las violaciones de derechos señaladas en este fallo, resuelvan la causa.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Orozco Bolaños Katty JacquelinePersona natural0545-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 326. 2. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario.
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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