Sentencia: Sentencia No. 201-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 201-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1562-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónManabí
MOTIVO:
El doctor Fabián Salas Duarte, coronel de Policía de E.M., en calidad de director nacional de asesoría jurídica de la Policía Nacional, delegado del ministro del Interior presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 19 de julio de 2013, dictada por la Primera Sala de Garantías Penales y de Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro de la acción de protección N.º 1562-13-EP.
TEMA ESPECÍFICO: Destitución de servidor público
Situación transitoria miembro activo Policía Nacional
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional a la seguridad jurídica consagrado en el artículo 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 16 de abril de 2013, por el Juzgado Quinto de la Niñez y la Adolescencia de Manabí, dentro de la acción de protección N.º 0096-2013.; 3.2. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 19 de julio de 2013, por los jueces de la Primera Sala de Garantías Penales y de Tránsito de Manabí, dentro de la acción de protección N.º 0096-2013.; 3.3. Declarar que una vez realizado un análisis integral respecto de la vulneración de los derechos constitucionales alegados en la acción de protección propuesta, se determina que no ha existido afectación a los referidos derechos; por tanto, se dispone el archivo de la causa.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Salas Duarte FabiánPública1562-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 163. La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada…
Art. 436. 1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano...
Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
Art. 33. Derecho al trabajo
Art. 325. El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas…
Art. 326. El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios:
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 1562-13-EP.pdf26/09/2013 13:42:13 Abrir
DEMANDA - DEMANDA 1562-13-EP.pdf26/09/2013 13:42:34 Abrir
CERTIFICACION - CERTIFICACION 1562-13-EP.pdf26/09/2013 13:42:55 Abrir
ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 1562-13-EP.pdf26/09/2013 13:43:26 Abrir
PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 1562-13-EP.pdf26/09/2013 13:43:54 Abrir
AUTO ADMISION - 1562-13-EP-auto.pdf07/11/2013 14:56:24 Abrir
AVOCO PARA EL PLENO - 1562-13-EP-prov.pdf21/06/2016 13:44:58 Abrir
SENTENCIA - 1562-13-EP-sen.pdf05/07/2016 9:23:21 Abrir
AUTO DE AMPLIACION Y ACLARACION DE SENTENCIA - 1562-13-EP-auto.pdf13/12/2016 10:00:42 Abrir
PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - PUBLICACIÓN R-O.pdf10/01/2017 10:56:36 Abrir




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