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NÚMERO DE SENTENCIA: | 202-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1194-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
Jaime Ernesto Velásquez Egüez, en calidad de director ejecutivo de la Comisión de Tránsito del Guayas (en adelante CTG) y Pedro Santiago Rodríguez Peralta en calidad de comandante del Cuerpo de Vigilancia de la CTG, interpusieron acción extraordinaria de protección en contra del Auto del 12 de mayo de
2010 a las 14h19, emitido por la Jueza Décimo Tercera de la Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia del Guayas, dentro de la acción de protección N.° 432-
2010.
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TEMA ESPECÍFICO: | Destitución de servidor público |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, defensa y seguridad jurídica, establecidos en los artículos 75, 76 numerales 1, 7 literales a, b y c y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por los accionantes.; 3. Dejar sin efecto el auto del Juzgado Décimo Tercero de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, emitido el 12 de mayo del 2010, en la acción de protección N.º 432-2010, en la cual se niega la apelación por extemporánea.; 4. Devolver el expediente a la Corte Provincial de Justicia del Guayas, a fin de que la Sala correspondiente conozca y resuelva el recurso de apelación. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Rodríguez Peralta Pedro Santiago | Pública | 1194-10-EP | Velásquez Egüez Jaime Ernesto | Pública | 1194-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 1194-10-EP | 01/02/2011 16:10:35 | Abrir | SENTENCIA - 202-12-SEP-CC | 08/05/2012 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 1194-10-EP | 23/08/2012 15:22:28 | Abrir |
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