Sentencia: Sentencia No. 202-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 202-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1194-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
Jaime Ernesto Velásquez Egüez, en calidad de director ejecutivo de la Comisión de Tránsito del Guayas (en adelante CTG) y Pedro Santiago Rodríguez Peralta en calidad de comandante del Cuerpo de Vigilancia de la CTG, interpusieron acción extraordinaria de protección en contra del Auto del 12 de mayo de 2010 a las 14h19, emitido por la Jueza Décimo Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas, dentro de la acción de protección N.° 432- 2010.
TEMA ESPECÍFICO: Destitución de servidor público
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, defensa y seguridad jurídica, establecidos en los artículos 75, 76 numerales 1, 7 literales a, b y c y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por los accionantes.; 3. Dejar sin efecto el auto del Juzgado Décimo Tercero de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, emitido el 12 de mayo del 2010, en la acción de protección N.º 432-2010, en la cual se niega la apelación por extemporánea.; 4. Devolver el expediente a la Corte Provincial de Justicia del Guayas, a fin de que la Sala correspondiente conozca y resuelva el recurso de apelación.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Rodríguez Peralta Pedro SantiagoPública1194-10-EP
Velásquez Egüez Jaime ErnestoPública1194-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1194-10-EP01/02/2011 16:10:35 Abrir
SENTENCIA - 202-12-SEP-CC08/05/2012 0:00:00 Abrir
SENTENCIA - 1194-10-EP23/08/2012 15:22:28 Abrir




Visualizaciones: 269