Sentencia: Sentencia No. 203-14-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 203-14-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0498-12-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El señor Rómulo Leonardo Bravo Vélez presentó acción extraordinaria de protección, en contra del auto de 23 de enero de 2012, dictado por la Primera Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio laboral N.º 1188-2011, por despido intempestivo, en contra de la señora Cecilia Mariela Aragón Guerrero, representante de la compañía Sertel Cía. Ltda.; mediante la cual se resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto, respecto de la sentencia de la Segunda Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, la cual revoco la sentencia subida en grado.
TEMA ESPECÍFICO: Pago de haberes pendientes
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de motivación, así como el derecho a la tutela judicial efectiva.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Retrotraer los efectos hasta el momento de la vulneración del derecho constitucional en consecuencia, dejar sin efecto jurídico el auto dictado por los jueces que conforman la Primera Sala Laboral de la Corte Nacional de Justicia, el 23 de enero de 2012, dentro del juicio laboral No. 1188-2011.; 3.2. Devolver el expediente a la Corte Nacional de Justicia a fin de que previo al sorteo correspondiente, se designe el tribunal para conocer la admisibilidad del recurso planteado.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0498-12-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la tutela judicial efectiva
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la tutela judicial efectiva: El derecho a la tutela judicial efectiva, se articula plenamente con el principio de motivación como garantía del debido proceso con el objeto de que quienes acuden a los diversos órganos jurisdiccionales en el país no queden en la indefensión; empero, este derecho no significa exclusivamente acceder a los órganos jurisdiccionales, sino que una vez ejercitado aquel derecho, los jueces y juezas deben guiar sus actuaciones diligentemente en aras de alcanzar la tan anhelada justicia, y es precisamente a través de la motivación de las resoluciones judiciales cuando los jueces determinan que sus actuaciones se han producido con apego a la Constitución y a las leyes que rigen un caso en concreto.
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