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NÚMERO DE SENTENCIA: | 206-16-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0903-14-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Manabí |
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MOTIVO: |
El abogado Guillermo Belmonte Viteri, en calidad de director regional del Servicio de Rentas Internas de Manabí, presentó una acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 30 de abril de 2014, dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 2012-0080. |
TEMA ESPECÍFICO: | Juicio de impugnación tributaria |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional a la seguridad jurídica contenido en el artículo 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia emitida el 30 de abril de 2014, por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso de casación N.º 2012-0080.; 3.2. Disponer que, previo sorteo, otros jueces de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan el recurso extraordinario de casación referido en el numeral precedente, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | GUILLERMO BELMONTE VITERI, DIRECTOR REGIONAL DE MANABI | Pública | 0903-14-EP | Belmonte Viteri Guillermo | Pública | 0903-14-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 436. 1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano... Art. 436. 6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las garantías jurisdiccionales (JP, JI, JH,JC, JD)… Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0903-14-EP.pdf | 04/06/2014 10:15:25 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 0903-14-EP.pdf | 04/06/2014 10:15:48 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 0903-14-EP.pdf | 04/06/2014 10:16:15 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 0903-14-EP.pdf | 05/06/2014 8:55:26 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0903-14-EP.pdf | 05/06/2014 8:55:53 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION Y RAZON - 0903-14-EP-auto.pdf | 27/10/2014 10:50:31 | Abrir | AUTO ADMISION - 0903-14-EP-auto.pdf | 05/01/2015 14:22:40 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0903-14-EP-prov.pdf | 27/06/2016 10:38:03 | Abrir | SENTENCIA - 0903-14-EP-sen.pdf | 13/07/2016 9:51:55 | Abrir |
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