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NÚMERO DE SENTENCIA: | 208-16-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1701-14-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | El Oro |
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MOTIVO: |
Doctor Fulvio René Cabrera Carrión por los derechos que representa en calidad de procurador judicial del Banco del Pacífico S.A., presenta acción extraordinaria de protección en contra del auto dictado el 10 de septiembre de 2014, por los conjueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso de casación N.º 520-2013. |
TEMA ESPECÍFICO: | Cobro de dinero |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto el auto dictado el 10 de septiembre de 2014, por la Sala de Conjueza y Conjueces de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 520-2013.; 3.2. Retrotraer los efectos del proceso hasta el momento anterior a la emisión del auto dictado por la Sala de de Conjueza y Conjueces de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia.; 3.3. Ordenar que, previo sorteo, se conforme un nuevo Tribunal de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia a fin de que resuelva la admisibilidad del recurso de casación interpuesto, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la base de la decisión y la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | FULVIO RENE CABRERA CARRION | Pública | 1701-14-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 184. 1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley. Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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