Sentencia: Sentencia No. 214-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 214-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1641-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Teresa López Pita interpuso acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia 03 de agosto del 2010 a las 11h00, dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de revisión 160-2008, por delito de asesinato de Elías López Pita.
TEMA ESPECÍFICO: Asesinato
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales establecidos en los artículos 76 numeral 7, literales a, b, c, h, y 78 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por Teresa López Pita; 3. Devolver el expediente a la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, a fin de que tramite los recursos de revisión No. 160-2008 (335-2008 acumulado) desde que ocurrió la vulneración de los derechos constitucionales, esto es, desde la notificación de la recepción de los expedientes con la interposición del recurso de revisión.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
LOPEZ PITA TERESAPersona natural1641-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 11. 3. Principio referido a la plena justiciabilidad de los derechos
Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 3. c. La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 66. 1. Derecho a la inviolabilidad de la vida
Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 425. El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 425. El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales…
Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 66. 1. Derecho a la inviolabilidad de la vida
Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación
Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 66. 1. Derecho a la inviolabilidad de la vida
Art. 66. 3. c. La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 78. Derecho a la verdad
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 78. Derechos de las víctimas a no ser revictimizadas
Art. 78. Derechos de las víctimas a la reparación integral
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
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NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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