Sentencia: Sentencia No. 215-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 215-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0006-18-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El señor Julio César Zambrano González en su calidad de gerente general y representante legal de la empresa Chocolates Finos Nacionales COFINA S.A., presenta acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 21 de noviembre de 2017, dictada por la autoridad jurisdiccional de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Durán -Guayas-, dentro del juicio ejecutivo signado con el N.º 09330-2017-00121.
TEMA ESPECÍFICO: Cobro de pagaré a la orden
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso, en la garantía de motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l) de la Constitución de la República del Ecuador. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada. 3. Como medidas de reparación integral, esta Corte dispone: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 21 de noviembre de 2017, por el juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Durán, dentro del juicio ejecutivo signado con el N.º 09330-2017-00121. 3.2. En virtud de la contradicción existente entre el auto dictado el 25 de abril 2017, a las 11:53, con la primera boleta de citación al demandado de 25 de abril de 2017, a las 09:15, se dispone retrotraer los efectos desde el momento que se ordena la práctica de la citación correspondiente, realizada por la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Durán, dentro del juicio ejecutivo signado con el N.º 09330-2017-00121. 3.3. Disponer que, previo sorteo, a través del procedimiento establecido para el efecto, otra autoridad jurisdiccional de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Duran mediante el procedimiento legal correspondiente continúe con el trámite de la presente causa, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es, en consideración a la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Zambrano González Julio CésarPrivada0006-18-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución.
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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