Sentencia: Sentencia No. 219-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 219-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1800-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónChimborazo
MOTIVO:
Juan Alberto Salazar López y Luis Gonzalo Fray Mancero, por los derechos que representan en calidad de alcalde del cantón de Riobamba y procurador síndico municipal del Municipio de Riobamba, interpusieron acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia del 2 de septiembre del 2010 a las 10h00, dictada por la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio de readquisición N.° 123-2008, 464-07.
TEMA ESPECÍFICO: Expropiación
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la motivación, la defensa y seguridad jurídica, que afectan al debido proceso constitucional.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta por Juan Alberto Salazar López y Luis Gonzalo Fray Mancero, en sus calidades de alcalde y procurador síndico del Gobierno Municipal de Riobamba, respectivamente.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Salazar López Juan AlbertoPública1800-10-EP
Fray Mancero Luis GonzaloPública1800-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…
Art. 323. Con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado…
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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