Sentencia: Sentencia No. 219-15-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 219-15-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1286-14-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El señor Willem Pieter Johannes Jiskoot y la señora Carolina Vela Moscoso, presentaron acción extraordinaria de protección, en contra de la sentencia de 9 de julio de 2014, dictada por la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 09133-2014-0404, mediante la cual se resolvió aceptar el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General del Estado y María Balladares Ayala, gerente general de Espanicorp S.A., como tercero perjudicado.
TEMA ESPECÍFICO: Despojo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone.; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial del Guayas, el 9 de julio de 2014 a las 09h14, que resolvió el recurso de apelación dentro de la acción de protección N.º 09133-2014-0404.; 3.2. Disponer que previo sorteo sea otro Tribunal de la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas la que resuelva el recurso de apelación en observancia de las garantías del debido proceso y del análisis realizado en la presente sentencia.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Johannes Jiskoot Willem PieterPersona natural1286-14-EP
Vela Moscoso CarolinaPersona natural1286-14-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la defensa
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Motivación: La motivación es una garantía de fundamental importancia del derecho constitucional al debido proceso en tanto, exige que los juzgadores justifiquen suficientemente las premisas que utilizan para llegar a una decisión para cada caso concreto.; Por lo que la motivación supone una garantía para las partes y una obligación para los jueces de motivar las resoluciones que decidan sobre derechos u obligaciones, por lo que se constituye en parte fundamental del derecho a la defensa de las personas que intervienen dentro de un proceso, dándoles la posibilidad de entender las razones que llevaron al juez a tomar la decisión en virtud de qué norma jurídica, y cómo las circunstancias particulares del caso se adecuan a la norma invocada.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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SENTENCIA Y RAZON - 1286-14-EP-sen.pdf06/08/2015 11:08:20 Abrir
PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 1286-14-EP-ro.pdf01/09/2015 9:39:53 Abrir




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