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NÚMERO DE SENTENCIA: | 228-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1287-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El Ab. Ornar Marcelo Guevara Miño, en calidad de procurador judicial del Sr. César Regalado Iglesias, gerente y representante legal de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP, interpuso acción extraordinaria de protección en contra del auto del 20 de julio del 2010, dictado por la jueza décimo tercero de la Mujer, Familia, Niñez y Adolescencia del Guayas, dentro de la acción de protección N.° 607-2010. |
TEMA ESPECÍFICO: | Reconexión de servicios públicos |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales a la tutela efectiva y al debido proceso, previstos en los artículos 75 y 76 numeral 7 literal m.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección interpuesta por el Ab. Omar Marcelo Guevara Miño, en calidad de procurador judicial del Sr. César Regalado Iglesias, gerente y representante legal de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP.; 3. Dejar sin efecto tanto el auto del 14 de junio del 2010 a las 11h41, como el del 20 de julio del 2010 a las 10h31, dictados por la jueza décimo tercero de la Mujer, Familia, Niñez y Adolescencia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 0607-2010.; 4. Retrotraer el proceso al momento hasta el momento procesal en que se constató la vulneración de los derechos constitucionales, esto es, disponer a la jueza décimo Tercero de la Mujer, Familia, Niñez y Adolescencia del Guayas que remita el expediente de acción de protección N.º 0604-2010, a la Corte Provincial de Justicia del Guayas. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | GUEVARA MIÑO OMAR MARCELO | Pública | 1287-10-EP | Regalado Iglesias César Alfredo | Pública | 1287-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 11. 5. Principio de favorabilidad Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 1287-10-EP | 18/12/2010 15:01:36 | Abrir | SENTENCIA - 228-12-SEP-CC | 21/06/2012 0:00:00 | Abrir |
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