Sentencia: Sentencia No. 230-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 230-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0105-14-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónSucumbíos
MOTIVO:
El señor Adolfo Callejas Ribadeneira, en su calidad de procurador judicial de Chevron Corporation, compareció el día 23 de diciembre de 2013, ante la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia que dictó la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2013 y su auto de aclaración y ampliación de fecha 22 de noviembre de 2013, notificado el mismo día, dentro del recurso de casación N.º 174-2012, resolvió remitir el expediente a la Corte Constitucional.
TEMA ESPECÍFICO: Daño ambiental
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1.- Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales. 2.- Negar la acción extraordinaria de protección planteada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Callejas Ribadeneira AdolfoPrivada0105-14-EP
ADOLFO CALLEJAS RIBADENEIRA, PROCURADOR JUDICIALPrivada0105-14-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 3. Derecho a la jurisdicción y competencia
Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 76. 7. i. Principio non bis in ídem
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 66. Derechos de libertad
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
Art. 66. 23. Derecho a dirigir quejas y peticiones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 3. Derecho a la jurisdicción y competencia
Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 184. Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 14. Derecho al ambiente sano
Art. 11. 6. Principio de inalienabilidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, interdependencia e igual jerarquía de los derechos
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Casación
Derecho a la tutela judicial efectiva
Responsabilidad extracontractual
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: "... se debe partir señalando que la casación es un recurso concebido para atacar los errores de derecho contenidos en sentencias y autos definitivos. Su objetivo principal radica en evitar el apartamiento de las disposiciones normativas que integran el ordenamiento jurídico dentro de las decisiones judiciales, ya sea por la inaplicación expresa de la ley, por indebida aplicación o por errónea interpretación de las normas de derecho. En este sentido, a través de la casación, se atacan exclusivamente cuestiones relativas a la aplicación del derecho por parte de los jueces de instancia, de tal manera que su ámbito de análisis excluye la realización de un nuevo examen de los hechos materia del litigio que han sido debidamente valorados en las etapas procesales correspondientes."
"... la tutela judicial efectiva representa un derecho compuesto por estar enfocado en las distintas etapas de un proceso judicial, de ahí que en función del principio de interdependencia de los derechos constitucionales consagrado por la Constitución de la República, la tutela judicial se encuentre vinculada directamente con otros derechos de jerarquía constitucional, tal es así, que en orden a proteger efectivamente los derechos de las partes según el mandato constitucional, los operadores de justicia deben observar las garantías del debido proceso y la seguridad jurídica. Pues de lo contario, una actuación judicial en la que no se garantice el acceso a los órganos de justicia, procesos que obedezcan a los principios de celeridad, independencia, igualdad, etc., y el cabal cumplimiento de las decisiones judiciales, implicaría para las partes procesales la imposibilidad de ejercer los derechos que les corresponden, es decir, lo que se conoce como indefensión, la misma que representa un efecto inmediato de la vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva. "
"... cuyo fundamento es el quebrantamiento del principio alterum non leadere, es decir, no causar daño a otro, este tipo de responsabilidad aparece cuando se ocasiona un daño a otra persona con la cual no se tiene ninguna relación jurídica previa, tal como ocurrió, en el caso traído a conocimiento de esta Corte; es así que Chevron fue demandado por la responsabilidad extracontractual que generaron sus operaciones en la Amazonía ecuatoriana."
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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DEMANDA - DEMANDA 0105-14-EP_Parte2.pdf05/02/2014 10:41:55 Abrir
ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0105-14-EP_Parte1.pdf05/02/2014 10:42:18 Abrir
ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0105-14-EP_Parte2.pdf05/02/2014 10:42:30 Abrir
ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0105-14-EP_Parte3.pdf05/02/2014 10:42:41 Abrir
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