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NÚMERO DE SENTENCIA: | 231-18-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0470-15-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El 12 de febrero de 2015 el ciudadano José Romero Soriano en calidad de vicepresidente y representante legal del Banco Internacional S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 15 de diciembre de 2014, a las 15h09, dictada por los jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, y contra el auto de 07 de enero de 2015, en el cual se atendió el recurso de ampliación y aclaración de la sentencia, ambas decisiones se emitieron dentro del recurso de casación N.° 0486-2013. |
TEMA ESPECÍFICO: | Indemnización por daño moral |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho a la seguridad jurídica contenido en el artículo 82 y del debido proceso en la garantía de la motivación consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l) de la Constitución de la República.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.
3. Como medidas de reparación integral se dispone:
3.1. Dejar sin efecto la sentencia de 15 de diciembre de 2014, a las 15h09, dictada por los jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.° 0486-2013.
3.2. Disponer que otros jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan los recursos extraordinarios interpuestos por las partes intervinientes en el proceso referido en el numeral precedente, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | JOSE ROMERO SORIANO, VICEPRESIDENTE | Privada | 0470-15-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0470-15-EP.pdf | 01/04/2015 10:15:57 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 0470-15-EP.pdf | 01/04/2015 10:16:15 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 0470-15-EP.pdf | 01/04/2015 10:16:35 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 0470-15-EP.pdf | 01/04/2015 10:16:50 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0470-15-EP.pdf | 01/04/2015 16:43:03 | Abrir | AUTO ADMISION - 0470-15-EP-auto.pdf | 12/05/2015 11:05:53 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0470-15-EP prov.pdf | 25/06/2018 11:17:39 | Abrir | SENTENCIA - 231-18-SEP-CC(0470-15-EP).pdf | 17/07/2018 10:41:16 | Abrir |
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