Sentencia: Sentencia No. 231-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 231-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0470-15-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El 12 de febrero de 2015 el ciudadano José Romero Soriano en calidad de vicepresidente y representante legal del Banco Internacional S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 15 de diciembre de 2014, a las 15h09, dictada por los jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, y contra el auto de 07 de enero de 2015, en el cual se atendió el recurso de ampliación y aclaración de la sentencia, ambas decisiones se emitieron dentro del recurso de casación N.° 0486-2013.
TEMA ESPECÍFICO: Indemnización por daño moral
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho a la seguridad jurídica contenido en el artículo 82 y del debido proceso en la garantía de la motivación consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l) de la Constitución de la República. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada. 3. Como medidas de reparación integral se dispone: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia de 15 de diciembre de 2014, a las 15h09, dictada por los jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.° 0486-2013. 3.2. Disponer que otros jueces de la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan los recursos extraordinarios interpuestos por las partes intervinientes en el proceso referido en el numeral precedente, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
JOSE ROMERO SORIANO, VICEPRESIDENTEPrivada0470-15-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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