Sentencia: Sentencia No. 241-15-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 241-15-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
2126-11-EPIO - Inconstitucionalidad por OmisiónEl Oro
MOTIVO:
La señora Esther de Jesús Carrión Palacios presentó acción extraordinaria de protección, en contra de la sentencia dictada el 10 de octubre de 2011, por la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, dentro de la acción de protección N.º 0523-2011, 1167-2011, mediante la cual se resolvió desestimar el recurso de apelación y se confirmó la sentencia subida en grado, la cual inadmitió la acción propuesta en contra del rector de la Universidad Técnica de Machala.
TEMA ESPECÍFICO: Jubilación
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección presentada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural2126-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. 23. Derecho a dirigir quejas y peticiones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
Art. 66. 2. Derecho a una vida digna
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la igualdad
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la igualdad: La igualdad ante la ley hace referencia a la eficacia de las normas de la igualdad, aplicadas en los ámbitos: administrativo, jurisdiccional y privado. Significa que no hay personas ni grupos privilegiados, exige eliminar las discriminaciones en todas sus formas, prohibiendo toda distinción fundada en aspectos subjetivos de las personas, esto es, raza, color, sexo, idioma, religión, tendencias políticas o de cualquier índole, nacionalidad, estatus; por citar algunos.; En definitiva, la igualdad ante la ley entraña el hecho que todas las personas deben ser tratadas y consideradas de igual manera, en tanto que la igualdad en la aplicación de la ley encierra un mandato imperativo para todos los órganos estatales, en virtud del cual les está prohibido aplicar la ley de forma diferente a personas que se encuentran en circunstancias fácticas iguales.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
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