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NÚMERO DE SENTENCIA: | 244-15-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 2098-11-EP | IO - Inconstitucionalidad por Omisión | Azuay |
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MOTIVO: |
El señor Edgar Méndez Álava, procurador judicial de la compañía Maquinarias y Vehículos S. A. (Mavesa), presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto emitido el 19 de septiembre de 2011, por parte del Tribunal de lo Contencioso Administrativo N.º 3 con sede en Cuenca, dentro del juicio N.º 025-2011, mediante el cual se resolvió declarar la nulidad del proceso y se dispuso que este sea remitido al centro de mediación y arbitraje de la Cámara de Comercio de Cuenca. |
TEMA ESPECÍFICO: | Incumplimiento de contrato |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección planteada. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Méndez Álava Edgar | Privada | 2098-11-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la tutela judicial efectiva |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la tutela judicial efectiva: En esta medida, el derecho a la tutela judicial efectiva comporta el derecho de la ciudadanía para acceder a los órganos jurisdiccionales, eliminando los obstáculos procesales que lo impidan, así como el deber de los jueces de ajustar sus actuaciones dentro del marco constitucional y legal pertinente al obtener una sentencia debidamente motivada y dentro de un plazo razonable.; El derecho a la tutela judicial implica el acceso efectivo a la justicia y obtener de ella una respuesta en base a los preceptos constitucionales y legales vigentes en el ordenamiento jurídico nacional. En ese sentido, este derecho contempla un enfoque integral a efectos de garantizar la vigencia de derechos constitucionales. En consecuencia, la tutela judicial efectiva requiere de la existencia de operadores de justicia, quienes deben velar por el cumplimiento de la normativa constitucional y legal dentro de un caso concreto con el objeto de alcanzar la justicia. |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO.pdf | 24/09/2012 11:49:42 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA - ACCION EXTRAORDINARIA.pdf | 24/09/2012 11:49:59 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR.pdf | 24/09/2012 11:50:13 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC.pdf | 24/09/2012 11:50:29 | Abrir | CERT - CERT.pdf | 24/09/2012 11:50:43 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION - AUTO SALA DE ADMISION.pdf | 24/09/2012 11:50:57 | Abrir | CASILLAS - CASILLAS.pdf | 24/09/2012 11:51:13 | Abrir | MEMO JUEZ S - MEMO.pdf | 24/09/2012 11:51:31 | Abrir | 2098-11-EP-Memorando 23CCE-SG-SUS-2013 29ene13 - 2098-11-EP-Memorando 23CCE-SG-SUS-2013 29ene13.pdf | 30/01/2013 11:48:03 | Abrir | AVOCO - AUTO AVOCO 2098-11-EP.pdf | 04/06/2014 9:44:18 | Abrir | RAZON DE NOTIFICACION AVOCO - RAZÓN NOTIFICACIÓN 2098-11-EP.pdf | 04/06/2014 9:44:37 | Abrir | SENTENCIA Y RAZON - 2098-11-EP-sen.pdf | 14/08/2015 14:52:19 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 2098-11-EP-ro.pdf | 18/09/2015 9:40:00 | Abrir |
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