Sentencia: Sentencia No. 244-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 244-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1980-15-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El economista Julio Antonio Mackliff Elizalde, vicepresidente ejecutivo-gerente general del Banco Guayaquil, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia el 30 de octubre de 2015, dentro del recurso de casación N.º 413-2013.
TEMA ESPECÍFICO: Juicio de impugnación tributaria
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en la garantía de la motivación, previstos en los artículos 82, 75 y 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República del Ecuador, respectivamente.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia el 30 de octubre de 2015, dentro del recurso de casación N.º 413-2013.; 3.2. Retrotraer los efectos del proceso hasta el momento anterior a la emisión de la sentencia dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 413-2013.; 3.3. Ordenar que previo sorteo, se conforme un nuevo tribunal de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia a fin de que conozca y resuelva el recurso de casación interpuesto, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la base de la decisión y la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Mackliff Elizalde Julio AntonioPrivada1980-15-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 184. 1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 184. Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
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