Sentencia: Sentencia No. 245-17-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 245-17-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1450-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónLos Ríos
MOTIVO:
El doctor Magno Eddy Merchan Pincay presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto dictado el 2 de julio de 2013, por la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, en un proceso de revisión en materia penal por delito de peculado signado con el N.º 1394-2012.
TEMA ESPECÍFICO: Peculado
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada. 3. Como medidas de reparación integral se dispone: 3.1. Dejar sin efecto el auto dictado el 2 de julio de 2013, por la Sala Especializada Penal de la Corte Nacional de Justicia, dictado dentro del proceso penal N.º 1394-2012. 3.2. Disponer que otros jueces de la Sala Especializada de la Corte Nacional de Justicia, conozcan y resuelvan el recurso de revisión planteado por el legitimado activo en el proceso penal N.º 1394-2012 iniciado en su contra, por peculado; en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la decisión y son la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Merchán Pincay Magno EddyPersona natural1450-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
Art. 436. La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:
Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
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