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NÚMERO DE SENTENCIA: | 248-18-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1236-12-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Chimborazo |
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MOTIVO: |
El ciudadano Segundo Tacuri Pagalo, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 11 de julio de 2008, dictada por el juez del Juzgado de Trabajo de Chimborazo; de la sentencia de 22 de enero de 2009, dictada por los jueces de la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo; y de la sentencia de 15 de mayo de 2012, dictada por los jueces de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia. |
TEMA ESPECÍFICO: | Jubilación patronal |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que la sentencia de 15 de mayo de 2012, dictada por los jueces de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio N.° 0633-2006, ha vulnerado el derecho a la seguridad jurídica contenido en el artículo 82 de la Constitución de la República.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.
3. Como medidas de reparación integral se dispone:
3.1. Dejar sin efecto la sentencia de 15 de mayo de 2012, dictada por los jueces de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio N.° 0633-2006.
3.2. Disponer que otros jueces de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan el recurso extraordinario de casación interpuesto por el recurrente Segundo Tacuri Pagalo en el proceso referido en el numeral precedente, mediante una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es, considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Tacuri Pagalo Segundo | Persona natural | 1236-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
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