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NÚMERO DE SENTENCIA: | 253-17-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0151-14-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Manabí |
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MOTIVO: |
El señor Augusto Xavier Espinoza Andrade, ministro de Educación en aquella época, presentó acción extraordinaria de protección en contra de los autos dictados el 13 de noviembre de 2013 y 11 de diciembre del mismo año, por el Tribunal de Conjueces de la Sala Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del proceso N.º 430-2011, mediante el cual resolvió inadmitir el recurso de casación previamente interpuesto. |
TEMA ESPECÍFICO: | Impugnación de acto administrativo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.
3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:
3.1. Dejar sin efecto el auto dictado el 13 de noviembre de 2013, por el Tribunal de Conjueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia.
3.2. Que previo sorteo, otros conjueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional conozcan y resuelvan los recursos de casación, en observancia de una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la decisión y son la ratio decidendi. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Espinoza Andrade Augusto Xavier | Pública | 0151-14-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 233. Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público. Art. 184. 1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley. Art. 182. La Corte Nacional de Justicia estará integrada por juezas y jueces en el número de veinte y uno, quienes se organizarán en salas especializadas… Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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