Sentencia: Sentencia No. 254-17-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 254-17-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1174-16-EPIO - Inconstitucionalidad por OmisiónPichincha
MOTIVO:
El señor Marco Antonio Morales López presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 5 de septiembre de 2013, por el Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, dentro del juicio verbal sumario por honorarios profesionales N.º 17321-2008-1397.
TEMA ESPECÍFICO: Juicio verbal sumario por honorarios
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República del Ecuador. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada. 3. Como medidas de reparación integral, se dispone: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 5 de septiembre de 2013, por el Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, dentro del juicio verbal sumario por honorarios profesionales N.º 17321-2008-1397. 3.2. Disponer, que previo sorteo correspondiente, otra autoridad jurisdiccional de lo civil conozca y resuelva el proceso verbal sumario por honorarios profesionales referido en el numeral precedente, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Morales López Marco AntonioPersona natural1174-16-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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