Sentencia: Sentencia No. 256-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 256-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
2016-15-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El señor Segundo Navarrete Bueno y la abogada Grecia Briones González en calidad de alcalde y procuradora síndica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lomas de Sargentillo respectivamente, presentaron acción extraordinaria de protección en contra del auto emitido el 29 de octubre de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 704-2015.
TEMA ESPECÍFICO: Destitución de servidor público
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar que existe vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto el auto dictado el 29 de octubre de 2015 a las 09:33, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 704-2015.; 3.2 Retrotraer los efectos del proceso hasta el momento anterior a la emisión del auto dictado el 29 de octubre de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación N.º 704-2015.; 3.3. Ordenar que previo sorteo, otros jueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, conozcan y resuelvan sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la base de la decisión y la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
SEGUNDO NAVARRETE BUENO GRECIA BRIONES GONZALEZPública2016-15-EP
Briones González GreciaPública2016-15-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 326. 16. En las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos…
Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público.
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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