Sentencia: Sentencia No. 266-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 266-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0060-11-EPIO - Inconstitucionalidad por OmisiónGuayas
MOTIVO:
El señor Washington Tomás Cevallos Peña, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 29 de noviembre de 2010, emitida por la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 897-2010/ 213-2010.
TEMA ESPECÍFICO: Terminación de contrato de servicios ocasionales
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional a la motivación consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 14 de septiembre de 2010 a las 16:10, por el Juzgado Cuarto de Tránsito del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 213-2010.; 3.2. Dejar sin efecto la sentencia emitida el 29 de noviembre de 2010, por los jueces de la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 897-2010.; 4. En consecuencia del análisis realizado se dispone el archivo del proceso constitucional.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0060-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 436. 1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano...
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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