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NÚMERO DE SENTENCIA: | 271-15-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1888-12-EP | IO - Inconstitucionalidad por Omisión | Cotopaxi |
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MOTIVO: |
El señor Ángel Raúl Salvador García, representante legal de la compañía Licores de Exportación S. A. (LICORESA), presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia expedida el 11 de julio de 2012, por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio de impugnación N.º 129-09 (recurso de casación N.º 164-2010), que siguió dicha compañía en contra del Director General del Servicio de Rentas Internas. |
TEMA ESPECÍFICO: | Despido intempestivo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración al debido proceso en la garantía del derecho a la defensa, constante en el artículo 76 numeral 7 literales a, b, c y h de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto jurídico la sentencia emitida el 31 de julio de 2012, por el juez del trabajo de Cotopaxi, dentro del juicio No. 2011-0198.; 3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento en que se verifica la vulneración a los derechos constitucionales, es decir, hasta antes de la citación de la demanda.; 3.3. Ordenar que el expediente sea devuelto a la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi, con el fin de que, previo sorteo, sea otro juez del trabajo quien asuma la competencia para conocer y resolver el presente caso a partir de la citación. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Chiriboga Guerrero Jaime Patricio | Privada | 1888-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. h. Principio de contradicción Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Acción extraordinaria de protección |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Acción extraordinaria de protección: La acción extraordinaria de protección, establecida en el artículo 94 de la Norma Suprema, constituye una garantía jurisdiccional creada por el constituyente para proteger los derechos constitucionales de las personas en contra de cualquier vulneración que se produzca mediante actos jurisdiccionales. Así, esta acción nace y existe para garantizar y defender el respeto de los derechos constitucionales y el debido proceso. Por consiguiente, tiene como fin proteger, precautelar, tutelar y amparar los derechos de las personas que, por acción u omisión, sean violados o afectados en las decisiones judiciales. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - A I.pdf | 28/11/2012 8:42:53 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA - A E.pdf | 28/11/2012 8:43:04 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - P I.pdf | 28/11/2012 8:43:16 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - O R CC.pdf | 28/11/2012 8:43:27 | Abrir | CERTIFICACION - C.pdf | 28/11/2012 8:43:39 | Abrir | 1888-12-EP - 1888-12-EP-AUTO Y RAZON.pdf | 29/01/2013 19:24:25 | Abrir | AUTO AVOCO CONOCIMIENTO 1888-12-EP - AUTO AVOCO CONOCIMIENTO 1888-12-EP.pdf | 28/01/2015 10:59:50 | Abrir | RAZÓN NOTIFICACIÓN AVOCO 1888-12-EP - RAZÓN NOTIFICACIÓN AVOCO 1888-12-EP.pdf | 11/08/2015 10:21:24 | Abrir | MEMO ENVÍO A SEC GEN 1888-12-EP - MEMO ENVÍO A SEC GEN 1888-12-EP.pdf | 11/08/2015 10:22:21 | Abrir | avoco pleno - 1888-12-EP-prov.pdf | 18/08/2015 10:22:27 | Abrir | sentencia - 1888-12-EP-sen.pdf | 11/09/2015 11:54:29 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 1888-12-EP-ro.pdf | 26/10/2015 11:02:46 | Abrir |
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