Sentencia: Sentencia No. 277-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 277-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1539-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Geovanna Mercedes Prieto Reinoso presentó acción extraordinaria de protección en contra de las sentencias emitidas el 2 de diciembre de 2011, por la Primera Sala Temporal Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha y el 26 de marzo de 2013 por los jueces de la Sala Temporal Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio de peculado N.º 40-2012.
TEMA ESPECÍFICO: Peculado
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República, en la sentencia del 26 de marzo de 2013 a las 14:24, emitida por los jueces de la Sala Temporal Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 26 de marzo de 2013 a las 14:24, emitida por los jueces de la Sala Temporal Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia.; 3.2. Disponer que previo sorteo sea otro tribunal de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia el que conozca y resuelva el recurso de casación, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de la decisión y que constituyen la ratio decidendi.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural1539-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 213. Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas…
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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SENTENCIA - 1539-13-EP-sen.pdf14/09/2016 14:49:06 Abrir
PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - publicación R-O.pdf12/11/2016 11:52:52 Abrir




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