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NÚMERO DE SENTENCIA: | 279-17-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0675-11-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Manabí |
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MOTIVO: |
La doctora Mónica Franco Pombo, en calidad de subsecretaria regional de Educación del Litoral y Galápagos, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, el 10 de marzo de 2011, dentro de la acción de protección signada con el N.º 0003-2011. |
TEMA ESPECÍFICO: | Licencia sin sueldo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.
2. Negar la acción extraordinaria de protección presentada. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | MONICA FRANCO POMBO | Pública | 0675-11-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución. Art. 425. El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales… Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 172. Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley. Art. 168. 6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral… Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 86. 2. e. No serán aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su ágil despacho. Art. 11. 8. Principio de progresividad de los derechos Art. 11. 5. Principio de favorabilidad Art. 11. 4. Principio de no restricción del contenido de los derechos Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 428. Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales… Art. 427. Las normas constitucionales se interpretarán por el tenor literal que más se ajuste a la Constitución en su integralidad. Art. 168. 5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley. Art. 116. En las elecciones pluripersonales, el sistema electoral proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 86. Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones: Art. 83. Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente… Art. 113. 6. Servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de periodo fijo, salvo que hayan renunciado con anterioridad a la fecha de la inscripción. Art. 83. 11. Asumir las funciones públicas como un servicio a la colectividad y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, de acuerdo con la ley. Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 427. Las normas constitucionales se interpretarán por el tenor literal que más se ajuste a la Constitución en su integralidad. Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 61. Derechos de participación |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0675-11-EP | 14/09/2011 15:14:09 | Abrir | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO.pdf | 20/09/2012 12:16:11 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA - ACCION EXTRAORDINARIA.pdf | 20/09/2012 12:16:33 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR.pdf | 20/09/2012 12:16:52 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC.pdf | 20/09/2012 12:17:11 | Abrir | CERT - CERT.pdf | 20/09/2012 12:17:28 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION - AUTO SALA DE ADMISION.pdf | 20/09/2012 12:17:49 | Abrir | CASILLAS - CASILLAS.pdf | 20/09/2012 12:18:08 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0675-11-EP-prov.pdf | 29/08/2017 8:36:54 | Abrir | SENTENCIA - 0675-11-EP-sen.pdf | 18/09/2017 10:15:56 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - PUBLICACION R-O.pdf | 09/11/2017 15:02:44 | Abrir |
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