Sentencia: Sentencia No. 281-15-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 281-15-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1895-11-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónSanta Elena
MOTIVO:
El economista Marco Chango Jacho y la abogada Martha León González, alcalde y procuradora síndica (e) del gobierno autónomo descentralizado del cantón La Libertad, respectivamente, presentaron acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 31 de agosto de 2011, dictada por la Sala Única de la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena, dentro de la acción de protección N.º 368-2010-2, interpuesta por la señora Gloria Amanda Calderón Sánchez, la misma que alega una supuesta vulneración al derecho al trabajo por clausurar su negocio de peladora de pollos.
TEMA ESPECÍFICO: Clausura de local comercial
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
León González MarthaPública1895-11-EP
Chango Jacho MarcoPública1895-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho al debido proceso
Derecho a la seguridad jurídica
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho al debido proceso: Cabe insistir que el derecho al debido proceso exige de todas las autoridades judiciales y administrativas respetar y garantizar los derechos y que su materialización sea a través de los procedimientos previamente establecidos, capaces de evitar la consumación de la arbitrariedad.
Derecho a la seguridad jurídica: Se deduce que la seguridad jurídica tiene como cometido principal el de garantizar a las personas la certidumbre de contar con operadores jurídicos competentes que actúen en defensa, protección y tutela de sus derechos, lo cual se traduce en el derecho del que todas las personas estamos investidas para conocer y tener certeza del ordenamiento jurídico que nos rige, en el desarrollo de nuestras actividades cotidianas en sociedad.; Es decir, la seguridad jurídica representa la garantía que permite disponer de claros y precisos modelos normativos de conducta, capaces de otorgar seguridad y viabilidad a las previsiones normativas.; Para sintetizar, la seguridad jurídica simboliza el derecho que tenemos todos los justiciables para tener certeza y conocer con anticipación la normativa pertinente a la que debemos sujetarnos.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
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sentencia - 1895-11-EP-sen.pdf11/09/2015 12:26:48 Abrir
PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 1895-11-EP-ro.pdf26/10/2015 11:07:20 Abrir




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