Sentencia: Sentencia No. 330-15-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 330-15-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0474-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El señor Xavier Fernando Duque Arévalo presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 18 de diciembre de 2012, dictada por la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro el juicio de trabajo N.º 400-2009, 003-2011, 681-2011, mediante la cual se resolvió revocar la sentencia dictada por la Segunda Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Guayas y se desechó la demanda seguida en contra del señor Orlando Villacís Trujillo, gerente general de la compañía Akros Cia. Ltda., en la cual solicitaba se realice el pago de las comisiones por venta que ha dejado de percibir y que hacen parte de su remuneración laboral.
TEMA ESPECÍFICO: Despido intempestivo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes, consagrado en el artículo 76 numeral 1 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 18 de diciembre de 2012 a las 09h40, dictada por la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación No. 0681-2011.; 3.2. Que otro Tribunal de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia resuelva el recurso de casación No. 0681-2011, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y lo dispuesto por la Corte Constitucional en la presente sentencia.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0474-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho al debido proceso
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho al debido proceso: El debido proceso, consagrado en el artículo 76 de la Constitución de la República, constituye un derecho de protección y un principio constitucional elemental, siendo el conjunto de derechos y garantías propias de las personas, así como las condiciones de carácter sustantivo y procesal que deben cumplirse en procura de que quienes son sometidos a procesos en los cuales se determinen derechos y obligaciones, gocen de las garantías para ejercer su derecho de defensa y obtener de los órganos judiciales y administrativos un proceso exento de arbitrariedades. De esta manera, el ejercicio de la actividad jurisdiccional y administrativa tiene como fin principal optimizar de mejor manera el ejercicio de los derechos de las partes para que estas puedan acceder a una resolución adecuada a los preceptos jurídicos que son establecidos en el ordenamiento jurídico, que haga justicia a las legítimas pretensiones de las partes.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 0474-13-EP.pdf18/03/2013 10:20:10 Abrir
DEMANDA - DEMANDA 0474-13-EP.pdf18/03/2013 10:20:32 Abrir
CERTIFICACION - CERTIFICACION 0474-13-EP.pdf18/03/2013 10:20:52 Abrir
ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0474-13-EP.pdf18/03/2013 10:21:16 Abrir
PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 0474-13-EP.pdf18/03/2013 10:21:40 Abrir
AUTO DE ADMISION Y RAZON - 0474-13-EP-prov-MRVC.pdf20/05/2013 11:36:18 Abrir
Avoco - Avoco.pdf04/09/2015 17:27:36 Abrir
Razón Avoco - Razon de notificación avoco.pdf04/09/2015 17:28:06 Abrir
SENTENCIA Y RAZÓN - 0474-13-EP-sen.pdf06/11/2015 11:30:21 Abrir
PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 0474-13-EP-ro.pdf02/12/2015 10:34:34 Abrir




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