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NÚMERO DE SENTENCIA: | 341-16-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1716-12-EP | IO - Inconstitucionalidad por Omisión | El Oro |
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MOTIVO: |
El ingeniero César Javier Quezada Abad, en calidad de rector y representante legal de la Universidad Técnica de Machala, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del El Oro el 20 de septiembre de 2012 a las 13:37, dentro de la acción de protección N.º 2012-0351. |
TEMA ESPECÍFICO: | Destitución de servidor público |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación, previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la presente acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de El Oro el 20 de septiembre de 2012 a las 13:37, dentro de la acción de protección N.º 2012-0351.; 3.2. Dejar sin efecto, la sentencia dictada el 3 de julio de 2012, las 11:20, por parte de la jueza temporal décimo cuarta de lo civil de El Oro.; 4. Declarar que una vez realizado un análisis integral respecto de la vulneración a derechos constitucionales alegados en la acción de protección propuesta por Jovanny Angelina Santos Luna, se advierte que no se han vulnerado sus derechos constitucionales. Por consiguiente, se dispone el archivo del proceso. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | CESAR JAVIER QUEZADA ABAD, RECTOR | Pública | 1716-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición… Art. 436. 1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano... Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Art. 33. Derecho al trabajo Art. 325. El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas… Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público. |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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