Sentencia: Sentencia No. 343-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 343-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0620-12-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
El señor Segundo David Achote Cano presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia emitida el 26 de marzo de 2012, por la Segunda Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección N.º 0427-2011/1595-2010, en contra de las Resoluciones Nros. 2010-1385-CCP-PN y 2010-1670-CCP-PN, dictadas por el Consejo de Clases y Policías de la Policía Nacional, mediante las cuales, a su parecer, se le negó su derecho a ser acreedor de las condecoraciones de la Policía Nacional de “Primera Categoría” y de “Alto Mérito Institucional” en el grado de “Caballero”.
TEMA ESPECÍFICO: Reconocimiento y condecoración policial
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar que la sentencia dictada el 26 de marzo de 2012, por la Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, contenido en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. En consecuencia del análisis señalado se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 26 de marzo de 2012, por la Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.; 3.2. Declarar que una vez realizado el análisis integral respecto de la vulneración de derechos constitucionales alegados en la acción de protección, no existe afectación a los derechos del accionante.; 3.3. Como consecuencia del análisis realizado, se dispone el archivo del proceso constitucional.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0620-12-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 160. Las personas aspirantes a la carrera militar y policial no serán discriminadas para su ingreso…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
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