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NÚMERO DE SENTENCIA: | 355-16-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 2106-15-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
Tanya Elizabeth López Quezada, por los derechos que representa de la compañía importadora de vehículos y repuestos IMVERESA S. A., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2015 a las 08:59 por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso de casación N.º 0407-2012. |
TEMA ESPECÍFICO: | Juicio de impugnación tributaria |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de la motivación.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2015 a las 08:59 por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso de casación N.º 0407-2012.; 3.2. Retrotraer los efectos del proceso hasta el momento anterior a la emisión de la sentencia dictada el 30 de noviembre del 2015 a las 08:59 por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso de casación N.º 0407-2012.; 3.3. Disponer, que previo sorteo, otros jueces de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, conozcan y resuelvan sobre el recurso de casación, de conformidad con la Constitución de la República, la ley y la aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la base de la decisión y la ratio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | TANYA ELIZABETH LOPEZ QUEZADA, REPRESENTANTE | Privada | 2106-15-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 169. El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Art. 184. 1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley. Art. 184. Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente. Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 2106-15-EP.pdf | 30/12/2015 17:25:35 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 2106-15-EP.pdf | 30/12/2015 17:26:07 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 2106-15-EP.pdf | 30/12/2015 17:26:30 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 2106-15-EP.pdf | 30/12/2015 17:26:56 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 2106-15-EP.pdf | 30/12/2015 17:27:27 | Abrir | AUTO ADMISION - 2106-15-EP-auto.pdf | 26/01/2016 14:03:46 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 2106-15-EP-prov (2).pdf | 08/11/2016 14:37:25 | Abrir | SENTENCIA - 2106-15-EP-sen.pdf | 30/11/2016 9:10:12 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - PUBLICACIÓN R-O.pdf | 10/01/2017 12:36:36 | Abrir |
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