Sentencia: Sentencia No. 375-16-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 375-16-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0808-16-EPIO - Inconstitucionalidad por OmisiónGuayas
MOTIVO:
Roberto Dunn Suárez, representante del CONSORCIO NOBIS S.A., en calidad de gerente general y en su condición de presidente ejecutivo de la compañía AZUCARERA VALDEZ S.A. presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 5 de abril de 2016, dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro de la causa N.º 17751-2015-0175.
TEMA ESPECÍFICO: Impugnación de glosa
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en su garantía de motivación, previsto en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República del Ecuador.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia de 5 de abril de 2016, dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia dentro del recurso extraordinario de casación signado con el N.º 175-2015.; 3.2. Disponer que, previo sorteo, otros jueces de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario conozcan y resuelvan el recurso extraordinario de casación referido en el numeral anterior, en observancia a una aplicación integral de esta decisión constitucional, esto es considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que constituyen la decisión y son la ratio.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Dunn Suárez RobertoPrivada0808-16-EP
Dunn Suárez RobertoPrivada0808-16-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 78. Derechos de las víctimas a la reparación integral
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
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