Sentencia: Sentencia No. 383-17-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 383-17-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0060-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónLos Ríos
MOTIVO:
La presente acción extraordinaria de protección fue interpuesta por el arquitecto Eloy de Loor Macías y el abogado Humberto Murillo Coello, en calidad de alcalde y procurador síndico del Municipio de Urdaneta, respectivamente, el 19 de enero del 2011, impugnando la sentencia expedida el 22 de diciembre del 2010 a las 15:01 dentro de la acción de protección N.º 864-2010, por los jueces de la Sala Civil, Mercantil, Laboral y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos.
TEMA ESPECÍFICO: Supresión de cargo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la seguridad jurídica y debido proceso en la garantía de la motivación, previstos en los artículos 76 numeral 7 literal l y 82 de la Constitución de la República. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada. 3. Como medidas de reparación integral se dispone: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 22 de diciembre de 2010 a las 15:01, por los jueces de la Sala Civil, Mercantil, Laboral y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, dentro de la acción de protección N.º 864-2010. 3.2. Dejar sin efecto la sentencia del 23 de noviembre de 2010 a las 10:15, por el juez décimo de lo civil de Los Ríos con sede en Catarama, dentro de la acción de protección N.º 222-2010. En consecuencia, disponer el archivo de la causa. 3.3. Declarar que el acto por el cual se suprimió el puesto de trabajo no vulnera derechos constitucionales de la señora Margarita Isabel Arteaga Arévalo.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
ELOY DE LOOR MACIAS Y HUMBERTO MURILLO COELLO, ALCALDE Y PROCURADOR SINDICOPública0060-13-EP
Murillo Coello HumbertoPública0060-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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