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NÚMERO: | 61-12-IS/19 |
TIPO DE ACCIÓN: | Incumplimiento de Sentencias y Dictámenes |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0061-12-IS | IS - Incumplimiento de Sentencias y Dictámenes | Guayas |
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MOTIVO: |
En una acción de incumplimiento presentada para solicitar la ejecución de un auto resolutorio de medidas cautelares autónomas que resolvió dejar sin efecto una declaración de tributos autorizada por el Servicio Nacional de Aduanas, la Corte Constitucional se apartó del criterio constitucional según el cual el cumplimiento de las resoluciones dictadas en este tipo de procesos era materia de la acción. En tal sentido, sostuvo que el objeto de las medidas no es la declaración de vulneraciones de derechos constitucionales, ni la declaratoria de inconstitucionalidades, así como tampoco el establecimiento de medidas de reparación. Puntualizó, que la naturaleza de las medidas cautelares es provisional y revocable, pues no generan efecto de cosa juzgada. Finalmente, estableció como excepción a la regla de improcedencia los casos en los que la medida cautelar se encuentre inmersa en un problema de decisiones constitucionales contradictorias. |
TEMA ESPECÍFICO: | "Improcedencia de la acción de incumplimiento para exigir la ejecución de autos resolutorios de medidas cautelares autónomas" |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
En mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional y por mandato de la Constitución de la República del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional resuelve:
1. Negar la acción de incumplimiento planteada.
2. Dejar salvo las acciones y recursos de las partes.
3. Oficiar al Consejo de la Judicatura para la determinación de posibles responsabilidades conforme a lo señalado en los párrafos 30-39 de esta sentencia.
4. Devuélvase el expediente al juzgado de origen.
5. Notifíquese, publíquese y archívese. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Cevallos Paredes Edgar Patricio | Persona natural | 0061-12-IS |
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LEGITIMADOS PASIVOS: |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública… |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
NÚMERO | TIPO CITA |
86-11-IS/19 | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
66-15-JC/19 | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
86-11-IS/19 | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
002-17-SIN-CC | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
002-15-SIS-CC | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
364-16-SEP-CC | jusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar) |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA CUYO CUMPLIMIENTO SE EXIGE - SENTENCIA.pdf | 14/11/2012 8:39:35 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC.pdf | 14/11/2012 8:40:13 | Abrir | CERTIFICACION - CERT.pdf | 14/11/2012 8:40:26 | Abrir | AVOCA JUEZ SUSTANCIADOR - 0061-12-IS AVC.pdf | 23/04/2014 13:53:19 | Abrir | RAZON NOTIFICACION AVOCO - 0061-12-IS RAZ.pdf | 23/04/2014 13:53:50 | Abrir | MEMO REMISION PROCESO A SECRE GENERAL - MEM 094 DMVO.pdf | 23/04/2014 13:55:13 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0061-12-IS (2).pdf | 23/10/2019 8:31:17 | Abrir | SENTENCIA - 61-12-IS-19 (0061-12-IS).pdf | 07/11/2019 10:30:13 | Abrir | SENTENCIA Y RAZON - 0061-12-IS.pdf | 10/12/2019 8:28:55 | Abrir |
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