Sentencia: No. 68-16-IN/21


DATOS GENERALES
NÚMERO: 68-16-IN/21
TIPO DE ACCIÓN: Acción Pública de Inconstitucionalidad
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0068-16-ININ - Acción Pública de InconstitucionalidadRiobamba
MOTIVO:
La Corte Constitucional analiza si la Ordenanza N° 5, publicada en el Registro Oficial N° 56 de 28 de octubre de 1998, emitida por el Concejo Cantonal de la ciudad de Riobamba deviene en inconstitucional; y, si incurre en inconstitucionalidad por omisión relativa; declarándose que existe falta de objeto en ambos casos.
PARÁMETROS
DECISIÓN RESUMEN: Rechazar
DECISIÓN:
En mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional y por mandato de la Constitución de la República del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional resuelve: 1. Rechazar por improcedente la acción pública de inconstitucionalidad No. 68-16-IN. 2. Rechazar por improcedente la acción de omisión inconstitucional relativa N° 4-16-IO. 3. Exhortar al GAD de Riobamba para que en el marco de sus competencias legales y constitucionales preste especial atención en la adopción de medidas de control, seguimiento y evaluación ambiental que fueren necesarias, a fin de salvaguardar la integridad de los caudales ecológicos asociados al Río Chibunga. 4. Disponer el archivo de la causa. 5. Notifíquese y publíquese.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
LOZADA BASANTES JULIO MIGUELPersona natural0068-16-IN
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Doble dimensión del derecho a la propiedad
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: El derecho a la propiedad abarca una doble dimensión, a saber, como un derecho constitucional y como un derecho patrimonial13. En la primera, el derecho a la propiedad genera obligaciones a cargo del Estado y el propietario, de modo que i) el Estado debe respetar el ejercicio de los derechos de propiedad14 y, cuando limita el ejercicio de la propiedad, debe actuar con competencia y justificar las limitaciones a la propiedad por la función y responsabilidad social y ambiental; y, ii) el propietario tiene el deber de adecuar el ius utendi acorde a las funciones sociales y/o ambientales atribuidas por el ordenamiento jurídico a dicha propiedad.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
DEMANDA - DEMANDA 0068-16-IN.pdf13/10/2016 12:31:43 Abrir
CERTIFICACION - CERTIFICACION 0068-16-IN.pdf13/10/2016 12:32:13 Abrir
AUTO DE SALA DE ADMISIÓN - 0068-16-IN-auto.pdf23/12/2016 16:03:55 Abrir
resumen Sala de Admisión - 0068-16-IN-extracto.pdf30/12/2016 9:55:24 Abrir
FE PRESENTACION01/08/2020 12:11:00 Abrir
ESCRITO01/08/2020 12:11:00 Abrir
FE PRESENTACION03/08/2020 11:55:00 Abrir
ESCRITO03/08/2020 11:55:00 Abrir
AVOCO DE CONOCIMIENTO16/08/2020 0:00:00 Abrir
FE PRESENTACION14/09/2020 16:28:52 Abrir
ESCRITO14/09/2020 16:28:52 Abrir
ACCIÓN DE PERSONAL14/09/2020 16:28:52 Abrir
FE PRESENTACION21/09/2020 11:37:58 Abrir
ESCRITO21/09/2020 11:37:58 Abrir
FE PRESENTACION21/09/2020 12:39:00 Abrir
ESCRITO21/09/2020 12:39:00 Abrir
FE PRESENTACION05/10/2020 12:00:00 Abrir
ESCRITO05/10/2020 12:00:00 Abrir
1 CD 05/10/2020 12:00:00 Abrir
PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO04/05/2021 8:29:45 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO05/05/2021 11:05:53 Abrir
AUTO PARA AVOCAR CONOCIMIENTO JUEZ05/08/2021 20:15:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO PARA AVOCAR CONOCIMIENTO JUEZ05/08/2021 20:30:00 Abrir
PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO16/08/2021 10:10:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO19/08/2021 14:32:00 Abrir
SENTENCIA25/08/2021 15:05:00 Abrir
RAZÓN DE SUSCRIPCIÓN DE SENTENCIA31/08/2021 15:05:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA01/09/2021 14:12:00 Abrir




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