Sentencia: No. 904-12-JP/19


DATOS GENERALES
NÚMERO: 904-12-JP/19
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0904-12-JPJP - Acción de protecciónEl Oro
MOTIVO:
En una sentencia de revisión, la Corte Constitucional analizó el caso de una mujer embarazada, quien, por no haber recibido atención adecuada y especializada en un hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social al momento de su parto, sufrió vulneraciones en sus derechos constitucionales a una atención prioritaria, a la salud y a la seguridad social, lo cual dejó secuelas físicas y psicológicas. En la sentencia, la Corte desarrolló el concepto de violencia obstétrica y ordenó medidas de reparación integral como el pago de una indemnización fijada en equidad por el daño sufrido, medidas de carácter simbólico y otras para garantizar la no repetición de los hechos.
TEMA ESPECÍFICO: Vulneración de la salud y seguridad social de una mujer embarazada por violencia obstétrica
PARÁMETROS
DECISIÓN RESUMEN: Jurisprudencia vinculante
DECISIÓN:
La Corte Constitucional, administrando justicia constitucional conforme lo dispuesto en el artículo 436 (6) de la Constitución, artículo 25 de la LOGJCC, resuelve: 1. Ratificar la declaración de violación de derechos reconocida en las sentencias del 19 de octubre de 2011 expedida por la jueza del Juzgado Segundo de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de El Oro, y del 20 de abril de 2012 expedida por la Corte Provincial de El Oro. 2. Declarar la violación del derecho a una atención prioritaria (artículos 35 y 43 de la Constitución), el derecho a la salud (artículo 32 de la Constitución) y el derecho a la seguridad social (artículos 34 y 367 de la Constitución) de la señora Jessika del Rosario Nole Ochoa y reconocer que fue víctima de violencia obstétrica. 3. Esta Corte establece las siguientes medidas de reparación integral a favor de Jessika del Rosario Nole Ochoa. a) Ordenar, como compensación económica que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social reconozca a la señora Nole Ochoa los gastos de salud en los que incurrió al no ser atendida en el IESS. La justicia contencioso administrativa fijará dicho monto económico con base en la documentación presentada por las partes. b) En equidad el IESS deberá entregar a la señora Nole Ochoa un total de $5000,00, (cinco mil dólares americanos) por concepto del daño inmaterial producido por la violencia obstétrica. Dicha suma le será depositada en la cuenta que ella designe en el plazo máximo de seis meses. c) Establecer, como medida de satisfacción, que en el término de un mes desde notificada esta sentencia, el IESS por una sola vez, publique en un periódico de amplia circulación nacional, las disculpas a la señora Nole Ochoa por la violación a sus derechos. En la publicación deberá constar la parte decisoria de esta sentencia (V. Decisión). d) Establecer, como medida de satisfacción, que durante los seis meses siguientes a la notificación de esta sentencia, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social como obligado principal y el Ministerio de Salud Pública como cartera de Estado encargada de la gobernanza del Sistema Nacional de Salud deberán difundir el contenido de esta sentencia en la página principal de sus páginas web institucionales y en otros medios de difusión pertinentes para el conocimiento del personal médico público, privado y de la ciudadanía en general. e) Ordenar, como medida de no repetición, que en el plazo máximo de un año desde notificada esta sentencia, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social como obligado principal y el Ministerio de Salud Pública como cartera de Estado encargada de la gobernanza del Sistema Nacional de Salud elaboren conjuntamente una guía integral de atención a las mujeres embarazadas y de prevención de la violencia obstétrica que incluya disposiciones claras sobre: el derecho de las mujeres embarazadas y de las niñas y niños a recibir atención prioritaria, el contenido del derecho a la salud y del derecho a la seguridad social; la atención de pacientes en estado de emergencia como resultado de complicaciones en el parto y alumbramiento, la obligación de prestar la atención de salud y la protección a mujeres embarazadas y atención a la maternidad y su prohibición de condicionamiento por mora patronal; la explicación respecto al concepto y las conductas que configuran violencia obstétrica y un protocolo de atención antes, durante y luego del parto que cumpla con la normativa y estándares internacionales, la normativa nacional y con lo señalado en esta sentencia. La elaboración de esta guía deberá ser coordinada y contar con la colaboración de instituciones como: la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada, la Defensoría del Pueblo del Ecuador, el Consejo Nacional para la Igualdad de Género, así como también con colegios profesionales y organizaciones de la sociedad civil con conocimiento en la temática. El Ministerio de Salud Pública deberá velar por el conocimiento y cumplimiento de esta guía en el sector público y privado. f) Ordenar, como medida de no repetición, que durante los doce meses siguientes a la notificación de esta sentencia, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social como obligado principal y el Ministerio de Salud Pública como cartera de Estado encargada de la gobernanza del Sistema Nacional de Salud, dentro del ejercicio de sus competencias deberán efectuar un plan de revisión técnica a nivel nacional con el fin de verificar que los establecimientos de salud públicos y privados cuenten con todas las condiciones necesarias para atender a mujeres embarazadas, antes, durante y después del parto en condiciones adecuadas y para afrontar circunstancias de emergencias obstétricas, como la hemorragia uterina postparto. Los resultados de dicha revisión deberán ser informados a esta Corte en el plazo de un año desde notificada esta sentencia. g) Ordenar, como medida de no repetición, que en el plazo de un mes desde notificada esta sentencia, el IESS haga un llamado de atención a los servidores públicos de su institución que con sus acciones y omisiones provocaron la violación de los derechos de la señora Nole Ochoa. 4. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social como obligado principal y el Ministerio de Salud Pública como cartera de Estado encargada de la gobernanza del Sistema Nacional de Salud deberán informar a la Corte Constitucional acerca del cumplimiento de las medidas de reparación integral ordenadas en el plazo de 6 meses luego de notificada la sentencia, y continuarán informando periódicamente hasta dar cumplimiento cabal a la sentencia. 5. Disponer el envío inmediato del expediente y una copia de la sentencia al Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Administrativo con sede en Guayaquil, de conformidad con el artículo 19 LOGJCC. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Nole Ochoa JesikaPersona natural0904-12-JP
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 363. 6. Asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres…
Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 32. Derecho a la salud
Art. 43. Derechos de las mujeres embarazadas
Art. 367. El sistema de seguridad social es público y universal, no podrá privatizarse y atenderá las necesidades contingentes de la población.
Art. 369. El seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo…
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 34. Derecho a la seguridad social
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 43. Derechos de las mujeres embarazadas
Art. 32. Derecho a la salud
Art. 34. Derecho a la seguridad social
Art. 367. El sistema de seguridad social es público y universal, no podrá privatizarse y atenderá las necesidades contingentes de la población.
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Violencia obstétrica
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: 69. En el caso, del expediente se comprueba claramente que la señora Nole Ochoa durante el tiempo que estuvo en el IESS sufrió de manera reiterada prácticas que constituyen violencia obstétrica: a) Durante todo el proceso de parto y alumbramiento no fue atendida y valorada por un ginecólogo más aún cuando su situación de salud se volvió una emergencia ; b) Pese a tener intensos dolores sufrió por varias horas de abandono en la atención de salud y así también afrontó la indiferencia del personal médico ; c) Dio a luz sin la presencia de personal médico, quienes acudieron únicamente en la culminación del alumbramiento, cuando el niño ya se encontraba fuera de su cuerpo ; d) De forma injustificada y luego de pocas horas del alumbramiento se suspendió toda atención médica pese a tener hemorragia uterina posparto ; e) Fue forzada a trasladarse a otro establecimiento de salud pese a su grave estado de salud ; f) Como consecuencia de la negativa de atención de salud fue separada de su hijo recién nacido durante varias horas ; g) No le dieron información adecuada, pertinente y oportuna sobre su situación de salud a ella ni a sus familiares. 70. En el caso además de la afectación a su integridad física y psicológica en ese momento, la consecuencia de esta violencia generó que la señora Nole Ochoa tenga “terror” a volver al IESS. Se debe resaltar que tratos como los ocasionados, hacen que personas como la señora Nole dejen de utilizar los servicios públicos de salud. Este hecho potencia la situación de vulnerabilidad que tienen las mujeres embarazadas y constituye una manifestación más de la violencia obstétrica. La violencia obstétrica sufrida constituye una violación a su derecho a la salud en conexidad con otros derechos.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
0904-12-JP - 0904-12-JP.pdf14/09/2012 13:49:34 Abrir
SENTENCIA - 904-12-JP/1913/12/2019 0:00:00 Abrir
Sentencia16/01/2020 9:32:12 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA26/02/2020 12:24:45 Abrir
ESCRITO03/07/2020 10:00:00 Abrir
anexos03/07/2020 10:00:00 Abrir
ESCRITO03/07/2020 10:00:00 Abrir
MEMORANDO No. IESS-UATHR-2020-0259-M03/07/2020 10:00:00 Abrir
ARTICULO DE EL TELEGRAFO (DISCULPA PUBLICAS)03/07/2020 10:00:00 Abrir
FE PRESENTACION05/08/2020 12:43:00 Abrir
ESCRITO05/08/2020 12:43:00 Abrir
FE PRESENTACION04/11/2020 13:28:00 Abrir
ESCRITO04/11/2020 13:28:00 Abrir
ACCIÓN DE PERSONAL, CÉDULA Y CERTIFICADO DE VOTACIÓN04/11/2020 13:28:00 Abrir
MEMORANDO IESS-HMACH-GG-2020-2994-M, COMPROBANTE DE PAGO, MEMORANDO IESS-HMACH-GG-2020-2758-M, PRINT DE PÁGINA IESS, PRINT DE TWEETS DE LA CUENTA OFICIAL, ESCRITO PRESENTADO ANTE EL TRIBUNAL,GUÍAS04/11/2020 13:28:00 Abrir
FE PRESENTACION09/11/2020 8:10:00 Abrir
OFICIO09/11/2020 8:10:00 Abrir
ANEXO 09/11/2020 8:10:00 Abrir
AUTO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS Y DICTÁMENES CONSTITUCIONALES10/03/2021 11:32:45 Abrir
FE PRESENTACION31/03/2021 15:30:20 Abrir
ESCRITO31/03/2021 15:30:20 Abrir
RESPALDOS DE ESCRITO PRESENTADO.31/03/2021 15:30:20 Abrir
FE PRESENTACION06/04/2021 11:47:09 Abrir
OFICIO06/04/2021 11:47:09 Abrir
ANEXO 06/04/2021 11:47:09 Abrir
FE PRESENTACION12/04/2021 12:24:24 Abrir
OFICIO12/04/2021 12:24:24 Abrir
anexo12/04/2021 12:24:24 Abrir
FE PRESENTACION12/05/2021 9:46:08 Abrir
ESCRITO12/05/2021 9:46:08 Abrir
ANEXO 112/05/2021 9:46:08 Abrir
ANEXO 212/05/2021 9:46:08 Abrir
ANEXO 3 ACUERDO DE DELEGACIÓN12/05/2021 9:46:08 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE PLENO21/05/2021 11:34:23 Abrir
FE PRESENTACION24/08/2021 12:38:54 Abrir
ESCRITO24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
AGREGA DOCUMENTOS24/08/2021 12:38:54 Abrir
INFORME24/08/2021 12:38:54 Abrir
ACUERDO MINISTERIAL24/08/2021 12:38:54 Abrir
ACCIÓN DE PERSONAL24/08/2021 12:38:54 Abrir
FE PRESENTACION31/08/2021 11:16:00 Abrir
OFICIO31/08/2021 11:16:00 Abrir
MEMORAD¡NDO IESS-DSGSIF-2021-5463-M, MEMORANDOIESS-SDNASS-2021-1583-M + 1CD31/08/2021 11:16:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO09/11/2021 20:49:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO09/11/2021 20:49:00 Abrir
FE PRESENTACION14/12/2021 9:14:00 Abrir
INFORME DE AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA, ACCIONES DE PERSONAL, CÉDULA Y CREDENCIALES14/12/2021 9:14:00 Abrir
ESCRITO14/12/2021 9:14:00 Abrir
AUTO DE FASE DE SEGUIMIENTO27/01/2022 11:45:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA02/02/2022 8:52:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE PLENO04/02/2022 8:52:00 Abrir
FE PRESENTACION09/02/2022 8:48:17 Abrir
ESCRITO09/02/2022 8:48:17 Abrir
Memorando Nro. MSP-SNGSP-2022-0087-M09/02/2022 8:48:17 Abrir
Memorando Nro. MSP-SNGSP-2022-0087-M09/02/2022 8:48:17 Abrir
Memorando Nro. MSP-SNGSP-2022-0085-M09/02/2022 8:48:17 Abrir
INFORME TÉCNICO: DNDHGI – 2022 – 00309/02/2022 8:48:17 Abrir
Oficio Nro. ACESS-ACESS-2022-0086-O09/02/2022 8:48:17 Abrir
FE PRESENTACION31/03/2022 14:30:09 Abrir
ESCRITO31/03/2022 14:30:09 Abrir
MEMORANDO MSP-SNPSI-2022-0574-M31/03/2022 14:30:09 Abrir
INFORME MSP31/03/2022 14:30:09 Abrir
FE PRESENTACION12/04/2022 9:28:00 Abrir
MEMORANDO IESS-DNTI-2022-0799-M, CIRCULAR IESS-SDNGD-2022-0032-C, CIRCULAR IESS-SDNGD-2022-0031-C, RESOLUCIÓN IESS-DG-2021-0025-RA, ACCIÓN DE PERSONAL, ACTA DE POSESIÓN C.D. 107, CÉDULA, CERTIFICADO..12/04/2022 9:28:00 Abrir
ESCRITO12/04/2022 9:28:00 Abrir
FE PRESENTACION10/08/2022 11:21:00 Abrir
OFICIO10/08/2022 11:21:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO09/11/2022 15:26:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO09/11/2022 15:26:00 Abrir
FE PRESENTACION30/11/2022 12:49:25 Abrir
ESCRITO30/11/2022 12:49:25 Abrir
Memorando Nro. MSP-SPSII-2022-2296-M30/11/2022 12:49:25 Abrir
FE PRESENTACION08/12/2022 12:29:52 Abrir
OFICIO08/12/2022 12:29:52 Abrir
Procuración Judicial08/12/2022 12:29:52 Abrir
Acción de Personal Procuradora General (e)08/12/2022 12:29:52 Abrir
FE PRESENTACION08/12/2022 14:45:00 Abrir
RESOLUCIÓN IESS-DG-2022-0036-RA, ACTA DE POSESIÓN, , CÉDULA, ACCIONES DE PERSONAL, CERTIFICACIÓN Y CREDENCIAL +1CD08/12/2022 14:45:00 Abrir
OFICIO08/12/2022 14:45:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO28/04/2023 9:50:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO28/04/2023 9:50:00 Abrir
FE PRESENTACION18/05/2023 11:06:35 Abrir
ESCRITO18/05/2023 11:06:35 Abrir
MSP-SPSII-2023-1004-M18/05/2023 11:06:35 Abrir
INFORME18/05/2023 11:06:35 Abrir
ACCION DE PERSONAL18/05/2023 11:06:35 Abrir
ACUERDO MINISTERIAL18/05/2023 11:06:35 Abrir
FE PRESENTACION24/05/2023 15:00:00 Abrir
ESCRITO24/05/2023 15:00:00 Abrir
RESOLUCIÓN IESS-DG-2022-0036-RA, ACCIONES DE PERSONAL, ACTA DE POSESIÓN C.D. 111, CÉDULAS, CREDENCIALES, INFORME DE AVANCE DE CUMPLIMIENTO+1CD24/05/2023 15:00:00 Abrir
FE PRESENTACION18/01/2024 11:25:59 Abrir
ESCRITO18/01/2024 11:25:59 Abrir
Memorando Nro. MSP-SPSII-2023-2268-M18/01/2024 11:25:59 Abrir
INFORME18/01/2024 11:25:59 Abrir




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