Sentencia: No. 38-13-IS/19


DATOS GENERALES
NÚMERO: 38-13-IS/19
TIPO DE ACCIÓN: Incumplimiento de Sentencias y Dictámenes
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0038-13-ISIS - Incumplimiento de Sentencias y DictámenesEcuador
0039-13-ISIS - Incumplimiento de Sentencias y DictámenesEcuador
MOTIVO:
Dos acciones de incumplimiento de la sentencia 001-10-SIN-CC se presentaron en relación a la regulación de los derechos colectivos a la consulta previa y pre-legislativa. En este contexto, la Corte, en relación a la consulta prelegislativa, consideró que la disposición contenida en la sentencia en cuestión fue incumplida por parte del órgano legislativo, pues no se ha desarrollado la normativa legal pertinente para su regulación. Asimismo, en cuanto a la consulta previa, este Organismo evidenció que si bien la Asamblea Nacional expidió la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, la misma no consideró todos los parámetros desarrollados en la sentencia demandada, por lo que se evidenció un incumplimiento parcial de la misma. En tal virtud, ordenó que la Asamblea Nacional dentro del plazo máximo de 1 año, expida las leyes orgánicas correspondientes.
TEMA ESPECÍFICO: Omisión de la Asamblea Nacional para regular el derecho a la consulta previa y prelegislativa de pueblos y nacionalidades
PARÁMETROS
DECISIÓN RESUMEN: Incumplimiento
DECISIÓN:
En mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional y por mandato de la Constitución de la República del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional resuelve: 1. Declarar el incumplimiento de la sentencia No. 001-10-SIN-CC, en relación a la regulación del derecho a la consulta prelegislativa, lo que conllevó a que la Asamblea Nacional del Ecuador incurra en una omisión del artículo 84 de la CRE. 2. Declarar el incumplimiento parcial de la sentencia No. 001-10-SIN-CC, en relación a la regulación del derecho a la consulta previa, lo que conllevó a que la Asamblea Nacional del Ecuador incurra en una omisión del artículo 84 de la CRE. Que la Asamblea Nacional del Ecuador dentro del plazo máximo de un año, expida las leyes orgánicas correspondientes que regulen el derecho a la consulta previa y prelegislativa, sobre la base de los parámetros mínimos establecidos en la sentencia No. 001-10-SIN-CC y en los instrumentos internacionales de derechos humanos bajo la prevención establecida en el numeral 10 del artículo 436 de la CRE. Envíese atento oficio al señor presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador, para que distribuya la presente sentencia a todos los asambleístas que conforman el órgano legislativo. 5. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
CARLOS PEREZ GUARTAMBEL, PRESIDENTE0038-13-IS
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 84. Todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar las normas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Reserva de ley
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: 50. No obstante, de lo mencionado, y habiendo demostrado que la CRE, establece una reserva de ley para la regulación del ejercicio de derechos y garantías constitucionales, se admite que normas inferiores a la ley puedan hacerlo siempre que existan delegación expresa del legislador y sujeción a las disposiciones constitucionales, convencionales y legales.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
NÚMEROTIPO CITA
001-10-SIN-CCjusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar)
001-10-SIN-CCjusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar)
001-10-SIN-CCjusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar)
001-10-SIN-CCjusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar)
033-16-SIS-CCjusrisprudencia de la Corte Constitucional (buscar sentencia) - Cita: Aplica (a un supuesto de hecho similar)
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
DEMANDA - DEMANDA 0038-13-IS.pdf10/07/2013 16:04:59 Abrir
CERTIFICACION - CERTIFICACION 0038-13-IS.pdf10/07/2013 16:05:20 Abrir
MEMO REMISION SG A JUEZ - 0038-13-IS memo SG a Jueza 18jul.pdf10/02/2015 15:34:43 Abrir
AVOCO - AUTO AVOCO 0038-13-IS.pdf10/02/2015 15:35:07 Abrir
RAZON DE NOTIFICACION AVOCO - RAZÓN NOTIFICACIÓN 0038-13-IS.pdf10/02/2015 15:35:27 Abrir
AUTO AUDIENCIA - AUTO AUDIENCIA 0038-13-IS.pdf17/11/2015 10:11:57 Abrir
RAZÓN NOTIFICACIÓN AUDIENCIA - RAZÓ NOTIFICACIÓN AUDIENCIA 0038-13-IS.pdf17/11/2015 10:12:14 Abrir
RAZÓN AUDIENCIA - RAZÓN AUDIENCIA 0038-13-IS.pdf27/11/2015 11:07:58 Abrir
AVOCO PARA EL PLENO - 0038-13-IS-prov.pdf23/08/2016 8:44:19 Abrir
ACUMULACIÓN - 0038-13-IS-prov.pdf08/09/2017 10:24:23 Abrir
AVOCO PARA EL PLENO - 0038-13-IS.pdf03/12/2019 14:14:10 Abrir
SENTENCIA - 0038-13-IS y 0039-13-IS (ACUMULADOS)-sen.pdf24/12/2019 15:59:22 Abrir
FE PRESENTACION21/02/2022 19:41:49 Abrir
ESCRITO21/02/2022 19:41:49 Abrir
PROCURACION JUDICIAL21/02/2022 19:41:49 Abrir
FE PRESENTACION29/03/2022 12:30:00 Abrir
CREDENCIAL29/03/2022 12:30:00 Abrir
ESCRITO29/03/2022 12:30:00 Abrir
OFICIO DE SEGUIMIENTO04/01/2023 11:58:00 Abrir
FE PRESENTACION24/01/2023 16:25:00 Abrir
OFICIO24/01/2023 16:25:00 Abrir
FE PRESENTACION25/01/2023 16:30:00 Abrir
07 CARPETAS 25/01/2023 16:30:00 Abrir
OFICIO25/01/2023 16:30:00 Abrir




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