Sentencia: No. 752-20-EP/21


DATOS GENERALES
NÚMERO: 752-20-EP/21
TIPO DE ACCIÓN: Acción Extraordinaria de Protección
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
752-20-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAmbato
MOTIVO:
La Corte declaró que las sentencias que negaron un hábeas corpus, presentado en contra del CRS de Ambato y de la PGE, vulneraron el derecho del accionante –persona privada de la libertad– al debido proceso en la garantía de motivación. Tras conocer el fondo de la controversia, la Corte identificó que el CRS vulneró los derechos a la salud e integridad física del afectado. La CCE determinó que en el hábeas corpus, los jueces debían realizar un análisis integral de las condiciones en las que se encontraba la persona privada de libertad y su contexto, y dar respuesta a la alegación del accionante, relacionada con la vulneración de su integridad física y la falta de medidas específicas de bioseguridad proporcionadas en el CRS frente a un posible contagio de COVID-19. En sentencia de mérito, la CCE estableció y desarrolló parámetros para (i) la tramitación del hábeas corpus con el fin de precautelar el derecho a la salud y (ii) la forma en la que deben actuar los centros de privación de libertad en contextos de pandemia o situaciones que puedan afectar de manera masiva el derecho a la salud de las personas privadas de libertad. La CCE concluyó que el CRS vulneró el derecho a la integridad física del accionante, pues resultó contagiado al convivir hacinado con 7 personas en una celda, sin protocolos de bioseguridad y varios de sus compañeros murieron sin atención médica. También declaró vulnerado su derecho a la salud, pues afrontó la enfermedad sin medicamentos adecuados, no contó con información sobre su estado de salud ni monitoreo permanente de su condición, y no pudo realizar la cuarentena en un lugar apropiado. Por tanto, dispuso medidas de reparación integral.
TEMA ESPECÍFICO: Hábeas corpus y parámetros a ser observados por los CRS en el contexto de la pandemia por COVID-19.
PARÁMETROS
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
En mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional y por mandato de la Constitución de República del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional resuelve: 1. Aceptar la acción extraordinaria de protección signada con el No. 752-20-EP. 2. Declarar que la sentencia dictada el 01 de mayo de 2017 por la Unidad de Garantías Penales, así como la sentencia del 02 de junio de 2020 emitida por la Sala Provincial vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de motivación (art. 76. 7. l CRE). 3. Aceptar la acción de hábeas corpus y declarar que aun cuando en la actualidad el accionante ya no padece de COVID-19, los actos y omisiones del CRS Ambato y de los jueces que conocieron la demanda de origen vulneraron el derecho a la integridad física y salud de Ángel Serafin Maliza Malisa. 4. Como medidas de reparación integral se dispone: (i) Medidas de restitución a. Dejar sin efecto las sentencias dictadas el 01 de mayo por la Unidad de Garantías Penales y de 02 de junio de 2020, por la Sala Provincial. b. Emitir esta sentencia sobre el mérito de los hechos que motivaron la presentación de la acción de hábeas corpus, en sustitución de las sentencias dejadas sin efecto. c. Declarar que esta sentencia constituye, en sí misma una medida de satisfacción para el señor Ángel Serafin Maliza Malisa. (ii) Medidas de satisfacción respecto de los jueces que conocieron la acción de hábeas corpus: a. Hacer un llamado de atención, por la forma en la que actuaron al sustanciar el caso, a Christian Israel Rodríguez Barroso juez de la Unidad Judicial Penal con sede el cantón Ambato, Provincia de Tungurahua. A los señores Sirley Del Pilar Lozada Segura, Iván Arcenio Garzón Villacrés y Marco Estuardo Noriega Puga, jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua. b. El Consejo de la Judicatura, deberá publicar la presente sentencia durante un plazo de 3 meses consecutivos en la parte principal de su página web principal institucional y difundirla, por una sola vez, por los medios adecuados y disponibles a todos los operadores de justicia. Para justificar el cumplimiento integral de la medida, los responsables del departamento de tecnología y comunicación del Consejo de la Judicatura deberán remitir a esta Corte: (i) dentro del término de 10 días contados desde el cumplimiento del plazo de 3 meses, un informe en el que se detalle el registro de actividades (historial log) respecto de la publicación del banner, del que se advierta que efectivamente la entidad obligada publicó de manera ininterrumpida en su sitio web la presente sentencia. (iii) Como garantía de no repetición ordenada al SNAI a. Por un plazo de 3 meses desde la notificación de esta sentencia, publicar la presente sentencia en la parte principal de su página web institucional y difundir su contenido, por una sola vez, entre todo el personal del SNAI. Para justificar el cumplimiento integral de la medida, los responsables del departamento de tecnología y comunicación deberán remitir a esta Corte, dentro del término de 10 días contados desde el cumplimiento del plazo, un informe en el que se detalle el registro de actividades (historial log) respecto de la publicación del banner, del que se advierta que efectivamente la entidad obligada publicó de manera ininterrumpida en su sitio web la presente sentencia. (iv) Como garantía de no repetición ordenada al CRS Ambato a. Que el CRS determine un lugar específico dentro de sus instalaciones, que cuente con las condiciones sanitarias adecuadas donde las personas privadas de libertad con COVID-19 puedan cumplir su aislamiento obligatorio y de esta forma se garantice su recuperación. Del cumplimiento de esta medida el CRS Ambato informará a esta Corte en el plazo de tres meses desde notificada esta sentencia. (v) Como medidas de seguridad ordenadas al CRS Ambato en coordinación con el SNAI para Ángel Serafin Maliza Malisa a. Esta Corte en respuesta al pedido del accionante realizado en la audiencia de no sufrir represalias por las declaraciones vertidas en la audiencia, ordena al CRS Ambato a precautelar de forma inmediata, la vida e integridad física del señor Ángel Serafin Maliza Malisa. Esto incluye la abstención de cualquier acto u omisión que pueda poner en riesgo la vida e integridad del accionante. b. Que el CRS Ambato tenga en cuenta las particularidades del accionante, por ser una persona indígena privada de libertad de conformidad con lo establecido en el párrafo 93 de esta sentencia. (vi) Como medida de seguimiento ordenada a la Defensoría del Pueblo. a. Este Organismo ordena a la Defensoría del Pueblo del Ecuador que, a través de la Dirección Nacional del Mecanismo para la Prevención de la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos, realice el seguimiento sobre las medidas de protección brindadas al accionante y la verificación de su situación dentro del CRS. En caso de existir una vulneración a su vida o integridad deberá levantar una alerta temprana e informar a esta Corte de forma inmediata. Sin perjuicio de lo anterior la Defensoría del Pueblo del Ecuador informará a esta Corte trimestralmente el cumplimiento de esta medida. (vii) Como garantía de no repetición ordenada a la Secretaría Técnica Jurisdiccional de la Corte Constitucional (STJ) a. Disponer que, en lo que respecta a las medidas de carácter estructural establecidas en la presente sentencia, se efectúe el seguimiento en conjunto con los casos 14-12-AN y otros (Medidas estructurales en el Sistema Nacional de Rehabilitación Social), de conformidad con lo establecido en el auto de 29 de septiembre de 2021. 5. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural752-20-EP
LEGITIMADOS PASIVOS:
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 32. Derecho a la salud
Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 51. Derechos de las personas privadas de la libertad
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 32. Derecho a la salud
Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 51. 4. Derecho de las personas privadas de la libertad a la salud
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 32. Derecho a la salud
Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 51. 4. Derecho de las personas privadas de la libertad a la salud
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NÚMEROTIPO CITA
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
ACTA DE SORTEO14/07/2020 10:02:00 Abrir
DEMANDA14/07/2020 10:02:00 Abrir
SENTENCIA14/07/2020 10:02:00 Abrir
PROVIDENCIA DEL INFERIOR14/07/2020 10:02:00 Abrir
OFICIO RECEP`CION14/07/2020 10:02:00 Abrir
CERTIFICACIÓN30/07/2020 15:38:51 Abrir
AUTO DE SALA DE ADMISIÓN20/08/2020 17:37:58 Abrir
RAZÓN20/08/2020 17:39:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE ADMISIÓN 20/08/2020 17:58:45 Abrir
FE PRESENTACION26/08/2020 12:56:53 Abrir
ESCRITO26/08/2020 12:56:53 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE ADMISIÓN 04/09/2020 11:30:31 Abrir
FE PRESENTACION04/09/2020 12:46:07 Abrir
ESCRITO04/09/2020 12:46:07 Abrir
FE PRESENTACION09/09/2020 15:39:52 Abrir
ESCRITO09/09/2020 15:39:52 Abrir
DOCUMENTO HABILITANTE09/09/2020 15:39:52 Abrir
FE PRESENTACION15/10/2020 16:00:00 Abrir
ESCRITO15/10/2020 16:00:00 Abrir
01 CUERPO15/10/2020 16:00:00 Abrir
FE PRESENTACION25/02/2021 14:27:00 Abrir
ESCRITO25/02/2021 14:27:00 Abrir
FE PRESENTACION12/03/2021 12:31:00 Abrir
ESCRITO12/03/2021 12:31:00 Abrir
AUTO PARA AVOCAR CONOCIMIENTO JUEZ18/11/2021 12:59:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO PARA AVOCAR CONOCIMIENTO JUEZ19/11/2021 13:00:00 Abrir
FE PRESENTACION22/11/2021 10:40:53 Abrir
ESCRITO22/11/2021 10:40:53 Abrir
FE PRESENTACION24/11/2021 10:09:00 Abrir
ESCRITO24/11/2021 10:09:00 Abrir
RAZÓN DE AUDIENCIA30/11/2021 15:07:00 Abrir
FE PRESENTACION01/12/2021 9:15:00 Abrir
ESCRITO01/12/2021 9:15:00 Abrir
FE PRESENTACION01/12/2021 12:00:00 Abrir
OFICIO SNAI-CPL-TUNGURAHUA N.º 1-DJ-2021-0093, INFORME MÉDICO, CERTIFICACIÓN DE NIVEL DE SEGURIDAD , ACTA DE CLASIFICACIÓN INICIAL DE SEGURIDAD Y EJE INICIAL DE TRATAMIENTO, NOTIFICACIÓN DE EVALUACIÓN01/12/2021 12:00:00 Abrir
ESCRITO01/12/2021 12:00:00 Abrir
PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO15/12/2021 15:33:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE RECEPCIÓN DE PROCESO16/12/2021 8:14:00 Abrir
SENTENCIA21/12/2021 13:37:00 Abrir
RAZÓN DE SUSCRIPCIÓN DE SENTENCIA28/12/2021 13:37:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA29/12/2021 15:52:00 Abrir
FE PRESENTACION30/12/2021 9:58:18 Abrir
ESCRITO30/12/2021 9:58:18 Abrir
FE PRESENTACION04/01/2022 8:49:00 Abrir
ESCRITO04/01/2022 8:49:00 Abrir
AUTO DEL PLENO27/01/2022 15:44:00 Abrir
FE PRESENTACION30/01/2022 15:51:00 Abrir
OFICIO Y 1 CD30/01/2022 15:51:00 Abrir
RAZÓN DE NOTIFICACIÓN DE AUTO DE PLENO04/02/2022 18:26:00 Abrir
FE PRESENTACION29/03/2022 11:46:00 Abrir
INFORMACIÓN A.M. 29/03/2022 11:46:00 Abrir
DOCUMENTOS SNAI29/03/2022 11:46:00 Abrir
INFORME29/03/2022 11:46:00 Abrir
OFICIO29/03/2022 11:46:00 Abrir
FE PRESENTACION16/08/2022 12:41:10 Abrir
ESCRITO16/08/2022 12:41:10 Abrir
Anexo fotográfico16/08/2022 12:41:10 Abrir
Oficio notificación 16/08/2022 12:41:10 Abrir
Correo electrónico y anexos CPL TUNGURAHUA 16/08/2022 12:41:10 Abrir
correo electrónico y anexos CPL TUNGURAHUA 16/08/2022 12:41:10 Abrir
Anexos CPL TUNGURAHUA16/08/2022 12:41:10 Abrir
Informe seguimiento sentencia No. 02 16/08/2022 12:41:10 Abrir
Oficio SNAI-CPL TUNGURAHUA 16/08/2022 12:41:10 Abrir
ANEXOS CPL TUNGURAHUA 16/08/2022 12:41:10 Abrir
ANEXO CPL TUNGURAHUA16/08/2022 12:41:10 Abrir
FE PRESENTACION16/11/2022 17:02:17 Abrir
ESCRITO16/11/2022 17:02:17 Abrir
INFORME NO. 03 SEGUIMIENTO CUMPLIMIENTO SENTENCIA16/11/2022 17:02:17 Abrir
CORREO ELECTRÓNICO CPL TUNGURAHUA 116/11/2022 17:02:17 Abrir
INFORME SOCIAL CPL TUNGURAHUA 116/11/2022 17:02:17 Abrir
INFORME SEGURIDAD CPL TUNGURAHUA 116/11/2022 17:02:17 Abrir
REGISTRO FOTOGRAFICO16/11/2022 17:02:17 Abrir
FE PRESENTACION16/01/2023 11:00:10 Abrir
ESCRITO16/01/2023 11:00:10 Abrir
Oficio CPL TUNGURAHUA 1 16/01/2023 11:00:10 Abrir
FE PRESENTACION17/02/2023 12:11:21 Abrir
ESCRITO17/02/2023 12:11:21 Abrir
FE PRESENTACION17/05/2023 12:59:06 Abrir
ESCRITO17/05/2023 12:59:06 Abrir
OFICIO CPLTUNGURAHUA 117/05/2023 12:59:06 Abrir
FE PRESENTACION18/05/2023 10:16:21 Abrir
ESCRITO18/05/2023 10:16:21 Abrir
FE PRESENTACION25/05/2023 9:10:00 Abrir
OFICIO25/05/2023 9:10:00 Abrir




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